Reparto de dividendos

Una sociedad limitada, acuerda el día 25 de junio acuerda el reparto de dividendos.
Dividendo bruto: ¿1? Por participación.
Nº de socios/participaciones:
Socio 1 - 200 participaciones.
Socio 2 - 200 participaciones.
Socio 3 - 200 participaciones
¿Qué obligaciones fiscales tiene la empresa por este reparto (retenciones, modelos)? ¿En qué plazos?
Respuesta
1
Debe practicarse una retención a cuenta del IRPF de los perceptores de los dividendos. El importe de la retención será para el año 2003 del 15%.
La retención debe practicarse en el momento en que los dividendos sean exigibles por los socios o, en caso de que se satisfagan antes, en el momento del pago.
La declaración se realiza mediante el modelo 193. Puede descargarse aquí (modelo de 2002):
http://www.aeat.es/padres/vsu193/2002/descarga/home.html
Obtendrá información sobre el modelo en este vínculo:
http://www.aeat.es/formularios/captura/193e/ayu193e.htm
Puede presentarse hasta el 21 de enero si se presenta la declaración en papel y hasta el 20 de febrero si se presenta en soporte magnético.
Debe presentarse el modelo trimestral 123, en el caso planteado el plazo sería hasta el 20 de julio (declaración correspondiente al segundo trimestre).

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