¿Impuesto de construcciones instalaciones y obras?

el ayuntamiento del pueblo, me pone este impuesto después de 12 años que acabamos la obra.

lo que quiero saber es como se ha calcuado este impuesto, puesto que el presupuesto en su día fue de 840.000,00€ para la obra y me solicita el 8.700,00€ de donde sale esta cantidad?

como puedo saber si esta bien sacado y de donde sale este impuesto.

gracias a todos.

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El impuesto puede estar bien calculado, el tipo general máximo fijado por ley es del 4% sobre el coste real y efectivo de la construcción. No obstante, dentro de dicho límite, cada ayuntamiento establece su propio tipo de gravamen.

Independientemente de lo anterior, puede estar completamente tranquilo puesto que esa liquidación está absolutamente prescrita (el plazo de prescripción es de 4 años desde el inicio de la construcción conforme al artículo 66 de la Ley General Tributaria).

lo primero, perdón por la tardanza en responder.

el impuesto nos lo han enviado ahora puesto que la licencia de actividad se solicito hace años y no nos la han dado todavía.

así mismo nos clavan otro impuesto que es el de 1ª ocupación, que pasa que se acaban de dar cuenta desde hace 12 años que faltan todos estos impuestos?

un saludo y gracias

Tras 12 años ha dado tiempo de prescribir tres veces el derecho a reclamar la deuda.

El problema no es por un despiste sino que hay escasez de liquidez así que se practican liquidaciones a pesar de ser indebidas y estar ya prescritas. De esta forma, la gente primero debe de ingresar o garantizar suficientemente el pago y posteriormente realizar una solicitud para la devolución de ingresos indebidos. Como consecuencia de lo anterior y debido a la ignorancia y buena fe de muchos, la mayoría realizan los ingresos por deudas prescritas y no reclaman su devolución simplemente por no saberlo y se consigue así recaudar más.

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