¿Me conviene la reinversión en vivienda habitual?

Hace un mes vendí por 382000 € mi vivienda habitual, comprada en el año 1998 por un importe de 236000 €, pagando al Ayuntamiento la cantidad de 11000 € de plusvalía.

Ahora me planteo tres situaciones:

1ª No reinvierto y vivo de alquiler. ¿Cuánto tendría que pagar a Hacienda?

2ª Reinvierto pero comprando por debajo del valor de compra de mi piso anterior (236000€). En este caso ¿Cuánto tendría que pagar a Hacienda?

3ª Reinvierto (y esta es la opción que me planteaba en un principio) en una casa de obra nueva en la que estimo gastar la cantidad de 270000€. En este caso, ¿qué importe tendría que liquidar a la Hacienda?.

Para mi sería más importante conocer la mecánica tributaria a seguir, que el conocimiento exacto de las cantidades que, en cada caso tendría que liquidar a la Hacienda.

Respuesta
1

Pues si no reinviertes nada pagarás a hacienda por la plusvalía obtenida que se saca por diferencia entre lo que te costó y lo que has recibido. En el tema del coste has de actualizar el valor por los coeficientes de inflación que se publican todos los años en la ley de presupuestos. Esa plusvalía tributa a los siguientes tipos:

Hasta 6000 euros al 21%

Entre 6001 y 24000 euros al 24%

El resto al 27%.

Si reinviertes parte de lo obtenido en una nueva vivienda habitual entonces dejas exenta la parte proporcional. Pongamos que tu plusvalía fuera de 146000 (será menos por lo que dije antes) pues si reinviertes 200.000 euros entonces tendrás exenta únicamente el 52,36% de la plusvalía (200.000/382000) es decir 76.439,79 euros teniendo que tributar por el resto (69.5690,21 euros) a los tipos antes mencionado. Si reinviertes 270.000 euros entonces tendrás exento el 70,68% de la plusvalía, es decir 103.193,72 euros teniendo que tributar por el resto de plusvalía (42.806,28 euros).

Además si reinviertes antes de 2013 podrás optar a deducirte por los importes pagados de la nueva casa que excedan del importe de plusvalía exenta más los pagos anteriores de la antigua vivienda por los que hayas tenido deducción por vivienda.

Si te vas de alquiler nada de nada salvo que ganes menos de 27000 euros mas o menos en cuyo caso también puedes deducirte el 15% de las rentas pagadas durante el año.

Muchísimas gracias por la información, que me ha servido de gran ayuda para tomar una decisión acertada.

Saludos cordiales

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas