Cobrar sin ser autónomo
Si vas a prestar servicios por cuenta propia tienes que:
- Darte de alta en autónomos (exento si eres persona física)
- Darte de alta en censos (modelo 036-037 sin coste, opta por régimen de estimación directa simplificada)
- Darte de alta en la seguridad social en régimen de autónomos (necesitas el alta en el Impuesto sobre actividades económicas)
Una vez realizadas las operaciones antedichas comenzarás a facturar por tus servicios + IVA pudiendo deducir el IVA soportado en la adquisición de bienes destinados a tu nueva actividad.
Además deberás cumplimentar los modelos trimestrales de pago fraccionado e IVA, POR CIERTO UNA VEZ DADO DE ALTA Y REALIZANDO ACTIVIDAD ECONÓMICA POR CUENTA PROPIA SIEMPRE ESTARÁS OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACIÓN IRPF.
- Darte de alta en autónomos (exento si eres persona física)
- Darte de alta en censos (modelo 036-037 sin coste, opta por régimen de estimación directa simplificada)
- Darte de alta en la seguridad social en régimen de autónomos (necesitas el alta en el Impuesto sobre actividades económicas)
Una vez realizadas las operaciones antedichas comenzarás a facturar por tus servicios + IVA pudiendo deducir el IVA soportado en la adquisición de bienes destinados a tu nueva actividad.
Además deberás cumplimentar los modelos trimestrales de pago fraccionado e IVA, POR CIERTO UNA VEZ DADO DE ALTA Y REALIZANDO ACTIVIDAD ECONÓMICA POR CUENTA PROPIA SIEMPRE ESTARÁS OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACIÓN IRPF.
Respuesta de alatz
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