Cobrando el paro me sale a pagar...

Mi novia y yo acabamos de consultar el borrador del IRPF y a mi novia le sale a pagar. En este ultimo año solo hemos cobrado el paro. Tengo entendido que si lo que hemos cobrado no supera los 22.000 € (como es el caso) y solo hemos tenido un pagador (el INEM) no tenemos que declarar...¿es así?

Pregunto lo del segundo pagador sobre todo porque nuestra empresa fue liquidada en un concurso de acreedores y recibimos nuestra indemnización a través de FOGASA. ¿Se entendería a este organismo como un segundo pagador?

Por ultimo preguntar si los seguros de hogar y vida vinculados obligatoriamente a nuestra hipoteca desgravarían... Lo digo porque no constan en el borrador (a titulo informativo agregar que tributamos en Andalucia)...

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Las indemnizaciones por despido están exentas de tributación por el IRPF, hasta un límite, dicho límite son 20 días de salario por año trabajado con un límite de doce mensualidades, por tanto si no pasas de esa cantidad no estaría sujeta a tributación la indemnización y si no pasas de 22000 euros no estás obligado.

Por otro lado los seguros de vida y hogar no desgravan por ley.

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