Declarar IGIC como gasto?
Soy profesional autónomo en estimación directa (modelo 130). Estoy exenta de incluir IGIC en mis facturas por ser profesional sanitario. Vivo en Canarias. Mi pregunta es:
1. He comprado un material en la península que he traído conmigo en mi maleta. No me han cargado IVA ni IGIC. ¿Puedo declarar esto como gasto? ¿Tengo la obligación de pagar el IGIC?
2. Cuando declaro el material que compro como gasto ¿Incluyo también el IGIC como un gasto o el total de la factura sin el impuesto?
3. ¿Qué pasa si en una factura no incluyo la retención del IRPF? He leído que yo no estoy obligada a reflejar en la factura la retención pero la empresa receptora de la factura si está obligada a ingresar esa retención en hacienda.
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Respuesta de emilla1
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