En primer lugar, su 50% tiene que hacer una donación a su hija. Dependiendo de la comunidad autónoma dónde reside existen reducciones entre padres e hijos (puede alcanzar hasta el 99% cuota), lo que supondría un coste muy reducido para su hija. Por otro lado, usted tendrá una ganancia patrimonial ((60.000 - 45000)/2 con actualizaciones y sendos cálculos, para después aplicar un porcentaje que varía entre el 21% al 27% ) que tendrá que declarar en su IRPF.
Respecto a la segunda cuestión, consúltelo con su abogado, pero le adelanto que la pensión por alimentos no es una prestación conmutable con bienes, sino que, su naturaleza precisamente la determina la incapacidad económica del menor o del mayor estudiante, como es este caso, si el mayor tiene necesidades y reúne los requisitos legales tendrá derecho a la pensión.
En cualquier caso, le recomiendo prudencia, puesto que, su hija es muy joven y no dispone de medios económicos, y el amor, ay el amor, que le voy a contar que usted no sepa, espero que todo le vaya bien con el novio, pero, nunca se sabe, y luego puede verse desenamorada y compartiendo piso con quién no quiere, o malvendiendolo, principalmente, porque, si no tiene medios ¿cómo va a pagar gastos comunes?. ¿Quién los pagaría llegado el caso?
La opción de la madre es muy legítima, el piso es la mitad suyo, y hasta que no fallezca, su hija no tiene por qué heredar, si es que queda herencia..., quizás tenga un punto de vista distinto al suyo, ni mejor ni peor.
Su hija tiene derecho a la pensión de alimentos, no así al piso, o al menos no por el momento, si quiere ambas cosas, puede que alguien tenga que sentarse a hablar con ella y explicarle que un piso requiere un mantenimiento, y unos gastos, qué difícilmente va a poder sostener con una pensión de alimentos del padre y de la madre.
Por supuesto que usted no es mal padre, de lo contrario, no tendría el dolor de cabeza que tiene con este asunto. A los hijos hay que darles lo que necesitan, no lo que quieren. Si es dependiente de sus padres, que viva con ellos, o al menos, que sea coherente en sus pretensiones, todo no se puede tener.
Siempre puede seguir teniendo el piso a su nombre, su hija viviendo en él, y el novio comprar la parte de su ex-mujer. Es una opción bastante más económica para usted, y para su hija. En ese caso, la vivienda pasaría a ser proindiviso de su futuro yerno y suya.
Mi mejor consejo, la prudencia y el sentido común.
Saludos.
p. S Le agradecería que puntuase la respuesta si le ha resultado útil.