El ITP es un impuesto de gestión autonómica; por tanto, no depende tanto de si la compra se hace en Canarias o en Península, si no dependerá de la comunidad autónoma.
Este tipo, generalmente, está entre el 6 y 8%, y si no me equivoco, en Canarias es del 6,5%. De todos modos, para estar seguros (pues estos porcentajes cambian cada poco), lo mejor es que se ponga en contacto con la Consejera de Hacienda de su Comunidad, que ahí le podrán dar el dato actual vigente.
Eso respecto a la compra. Si lo alquilase, en realidad el inquilino debería pagar el ITP de la transmisión de uso de la vivienda, pero eso a usted como propietario, no le influiría. Es una obligación del inquilino (que por cierto, poca gente sabe y casi nadie hace, pues la administración no está para investigar este tipo de cosas por 3 duros, ya que la recaudación es muy baja por este concepto). No sé si esa es su pregunta cuando se refiere a alquilarlo, puesto que aunque compre vivienda para alquilar, el ITP por la compra es el mismo (da igual el uso que se haga a la vivienda).