Cuanto se paga de ITP al alquilar una vivienda en Canarias?

Barajo la posibilidad de comprar un apartamento en Canarias, ¿al comprarlo que % pago de ITP?, ¿Y si lo alquilo?, ¿Cuál es la diferencia con la Península?

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El ITP es un impuesto de gestión autonómica; por tanto, no depende tanto de si la compra se hace en Canarias o en Península, si no dependerá de la comunidad autónoma.

Este tipo, generalmente, está entre el 6 y 8%, y si no me equivoco, en Canarias es del 6,5%. De todos modos, para estar seguros (pues estos porcentajes cambian cada poco), lo mejor es que se ponga en contacto con la Consejera de Hacienda de su Comunidad, que ahí le podrán dar el dato actual vigente.

Eso respecto a la compra. Si lo alquilase, en realidad el inquilino debería pagar el ITP de la transmisión de uso de la vivienda, pero eso a usted como propietario, no le influiría. Es una obligación del inquilino (que por cierto, poca gente sabe y casi nadie hace, pues la administración no está para investigar este tipo de cosas por 3 duros, ya que la recaudación es muy baja por este concepto). No sé si esa es su pregunta cuando se refiere a alquilarlo, puesto que aunque compre vivienda para alquilar, el ITP por la compra es el mismo (da igual el uso que se haga a la vivienda).

Respecto a lo que aquí pagamos de iva por la adquisición de una vivienda de segunda mano, qué se pagaría en canarias?

En un supuesto de que compre un piso de 70000 euros, cuánto de iva pago aquí y cuanto allá? y en el alquiler si es de 350 euros por ejemplo cuanto pagaría de impuestos? gracias

En la compraventa de viviendas de segunda mano, no se paga IVA ni IGIC (esto es solo para el caso de nuevas viviendas); se paga ITP, que es lo que le he comentado anteriormente.

Si compra un piso de 70.000 euros de segunda mano, siendo el ITP en Canarias del 6.5%, pagaría unos 4550 euros de ITP aproximadamente (son cálculos estimados, el importe definitivo tendría que consultarlo con la consejería de Hacienda).

Si alquilase el piso, no pagaría impuestos relacionados con el alquiler del mismo, simplemente en la declaración de la renta deberá incluir las rentas obtenidas por tener dicho piso alquilado y en función de sus características personales, podrá deducir un 60% o un 100% (esto último en el caso de que alquile el piso a menores de 30 años que tengan un nivel de renta determinado - eso habría que verlo en el manual de la declaración de la renta).

Espero haberle respondido sus dudas. Se agradece valoración.

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