Tutela hermano y declaración de renta

Mi hermano mayor está incapacitado judicialmente y yo tengo asignada su tutela.

A la hora de hacer la declaración de la renta, me surgen dudas sobre si esta situación se considera igual a tener un hijo discapacitado a tu cargo, en concreto a la hora de rellenar los datos para las desgravaciones (no supera el límite de 8.000 € de ingresos) :

- Mínimo por descendientes en los datos personales y familiares

- En "nacimiento o adopción de hijos" durante los 3 primeros años

- En "nacimiento o adopción de hijos discapacitados" (no pone límite de años)

Entiendo que el primer caso está claro, ya que en las condiciones se refleja que se asimilan a los hijos o descendientes las personas vinculadas por acogimiento o tutela.

La duda me surge en si también se considera como un hijo en las deducciones autonómicas (comunidad valenciana en mi caso), ya que sólo dice que en general debe cumplir las mismas condiciones que para tener derecho al mínimo por descendientes.

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Sí, también se considera como un hijo ya que cumples las mismas condiciones que para tener derecho al mínimo por descendientes

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