Si es posible desgravar el alquiler:
Deducción por alquiler de la vivienda habitual
Los contribuyentes podrán deducir el 10,05 % de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, además de las deducciones autonómicas que por este concepto pudiera haber apro­bado cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2011.
La base máxima sobre la que se aplica esta deducción es de:
--> 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.
--> 9.040 - [1,4125 por (BI - 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales.
Si que hay que indicar el NIF del arrendador.