Mi hipoteca y la escritura

Voy a comprarme una vivienda de segunda mano, la cual será mi residencia habitual, de la que he dado una señal de 3000 euros. El precio de la vivienda es de 130000 euros, para la cual he pedido una hipoteca de igual valor que el banco esta dispuesto a concederme. Hasta ahora todo bien, pero resulta que el dueño actual de esa vivienda quiere que la escrituremos por el valor mínimo posible, que dice que resulta de multiplicar por un coeficiente el valor catastral de la misma, resultando ser dicho valor sobre unos 40000 euros. El banco me aconsejó que no me alejara mucho del valor por el que realizo la hipoteca. Sé que me ahorraría un dinero en los gastos de escritura ¿pero pudo pedir una hipoteca que difiera tanto del valor por el que la escriture? ¿Podré desgravar toda la hipoteca o sólo hasta el valor escriturado? ¿Qué puede sucederme fiscalmente hablando?
El actual dueño es una empresa y me insiste que el valor a escriturar debe ser el de 40000 euros ya que si se escriturase el real pagarían mucho por el incremento patrimonial porque en la actual escritura aparece que la compraron por 24000 euros.
Pienso que esta vivienda es una buena oportunidad y no me gustaría perderla aunque me devolvieran por duplicado la cantidad señalada.
¿Qué debería hacer? ¿Me daría toda la hipoteca el banco en casa de que la escriturase tan baja? Y si luego quisiera venderla en un futuro ¿qué porcentaje por millón tendría que pagar si la escrituro por mucho más?.

2 respuestas

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Tienes varios problemas:
1.-En efecto, no podrás desgravar toda la hipoteca, solo por el valor de compra de la vivienda más los gastos.
2.- En el caso de que en un futuro tengas que venderla el incremento de patrimonio que te generaría sería por la diferencia entre valor de escritura + gastos y el valor por el que la vendieses( para que me entiendas algo parecido al problema que tienen ellos.
3.- Si a ellos els conviene
escriturar poco, lógicamente que te compensen con una rebaja en el precio para compensar estos problemas
4.- En cuanto al banco, si te han tasado la vivienda en ese precio y te lo dan integro, no creo que tengas problemas, tu podrías haber comprado barato y por ejemplo destinar parte de la hipoteca a reformas, mobiliario etc. eso si la parte que no sea de compra no tiene desgravación fiscal.
Muchísimas gracias por molestarse me gustaría saber qué diferencia hay entre plusvalía e incremento del patrimonio. Porque ellos me dicen que van a pagar el 30 por ciento del incremento del patrimonio.
Plusvalía e incremento del patrimonio es para las empresas y para las personas de apié igual.
¿Te importaría darme tu opinión sobre el valor que sería coherente para ambas partes en que se escriturara y vendiera la vivienda partiendo de las cantidades que te señalé anteriormente?
Plusvalía quiere decir mayor valor es decir ganancia, si a ellos les tributa al 30% es porque son una sociedad, si fuera una persona física le tributaria en irpf como incremento de patrimonio(en su momento también se le llamó plusvalía, y también se le llama ganancias patrimoniales) en ese caso tributaria al tipo medio que tributen por irpf(el tramo que les toque según rendimientos) a no ser que llevaese el bien en su patrimonio menos de un año.
En otro orden de cosas, me parece aventurado por mi parte decirte un valor que yo considere coherente, lo que si te digo es que me parece muy incoherente que pretendan hacerte escriturar por menos de un tercio del valor real de mercado(que es el que tu pagas)Es más, pude darte problemas por tasación contradictoria en el impuesto de transmisiones(yo les diría que pusiesen en contrato que va a su cargo). Un Saludo desde La Coruña y de nada, es un placer informar a gente agradecida.
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Todo depende de la entidad. Algunas exigen que el piso se escriture por el precio de compraventa. Otras no ponen esa condición y, en todo caso, establecen unos límites en base a tablas oficiales de valoración de inmuebles como las de la Comunidad de Madrid.
En relación al tema fiscal, no veo a Hacienda cruzando los datos financieros con los del regfistro de la propiedad.
Si entgras en lo que te plantea esa empresa y tu banco acepta, lo único que haces es aplazar el pago de impuestos a la siguiente compraventa que puedas realizar: dejas de pagar IVA ahora para pagar por plusvalías en un futuro si vendes el piso.

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