¿He vendido una casa por valor de 135000? ¿Y aun me quedan por pagar de hipoteca 54000?. ¿Qué porcentaje debo pagar a hacienda y qué margen de tiempo tengo para una nueva inversión sin que hacienda se quede con este porcentaje?
El porcentaje que debes pagar a Hacienda depende del plazo de venta. Si hacía menos de un año que tenías la casa, entonces la plusvalía tributará en función de tu tramo del IRPF (entre el 15% y el 45%). Si la plusvalía ha sido obtenida en más de un año, tributará al tipo fijo del 15%. Respecto al margen de tiempo para poderte aplicar la exención por reinversión de vivienda habitual, debes tener en cuenta que: -Tanto la viviwenda vendida como la que compres deben ser consideradas como tu vivienda habitual. -La exención de la ganancia puede ser total o parcial. - La Administración ha considerado aplicable la exención por reinversión si se reinvierte en una vivienda en construcción, siempre que el inicio de la inversión tenga lugar en el período de los 2 años, posteriores o anteriores a la transmisión y ésta finalice antes de los 4 años desde su inicio. -No se admite la exención cuando lo que se adquiere es un derecho real de usufructo sobre una vivienda.
Y si la vivienda que piense adquirir es de segunda mano, tengo el mismo plazo para reinvertir el dinero, ¿sin pagar a hacienda ese 15%?
Si, aunque la vivienda sea de segunda mano tienes el mismo plazo. Lo único que hay que tener en cuenta es que la vivienda debe tener la consideración de vivienda habitual.