Declaración rendimientos letras del tesoro

Los rendimientos de letras del tesoro compradas por una sola persona a través de cuenta asociada individual del Banco de España, efectuando la transferencia de compra por medio de una cuenta bancaria

Indistinta de dos titulares ¿quién está obligado a declarar los rendimientos? ¿El titular que facilitó su DNI al Banco de España para abrir la cuenta asociada? O ¿Ambos titulares de la cuenta bancaria de donde salieron los fondos?

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Respuesta

Veamos... los intereses generados irán a parar a una cuenta bancaria, de donde salió el capital.

En dicha cuenta, figuran los dos titulares comentados.

Por tanto, ambos deberán declarar el IRPF, al efectuar la declaración sobre los intereses recibidos.

Tiene una comprobación sencilla: Suponiendo que se haya efectuado el cobro de intereses este año, al que viene, 2025 que se declará el 2024 solo hay que hacerse con el "Borrador de la Declaración" y comprobar los "Datos Fiscales", o examinar simplemente dicho borrador.

Veremos como ya irán reflejados, al 50% entre ambos titulares la cantidad percibida.

En caso que no fuese así, que no creo, pero por si acaso, tendrá que declararlo a quien figue en dicho "Borrador"el cargo de los intereses percibidos.

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