¿Quién es el obligado al pago?
Mi pregunta es acerca de una segunda vivienda que vendí en abril de 2004. El Ayuntamiento de la localidad me remite hoy, 15/2/05, una providencia de apremio y requerimiento de pago incursa en período ejecutivo, sumando un total de 317,50 euros, entre I.B.I. E impuesto de tratamiento de residuos sólidos. Me he puesto en contacto con la parte compradora y me dice que en el Ayuntamiento le informaron de que el pago iba de mi cuenta. ¿Es esto cierto? ¿Podría prorratearse la cantidad entre las dos partes en función del tiempo que yo mantuve la propiedad y el que lo disfrutó la compradora, es decir, desde abril de 2004 hasta hoy?
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