Pago IBI vivienda recién comprada

Recientemente he adquirido una vivienda de 2ª mano a finales de junio. El vendedor a la hora de venderle no me dijo que yo tuviera que pagar el IBI de la vivienda correspondiente a este año. Cuando fui a recoger un juego de llaves que estaba pendiente me dieron el recibo para pagar el IBI y que lo tenía que pagar yo. La verdad es que de esto no tengo ni idea porque es mi primera vivienda. En la nottaria cuando el notarioleyó las escrituras dijo que estaba libre de cargas, lo cual se supone que debería estar libre de éste impuesto. A la semana siguiente recogí las escrituras y en las mismas se adjunta un recibo pagado del IBI pero del 2006 (esto me mosquea, espero que este pagado los demás años después). Yo he oído que la contribucción la debe pagar quien es propietario de la vivienda a día 1 de enero. ¿Tengo qué pagar? ¿Paga el antiguo propietario? Si no pago, ¿se lo reclamarían al anterior dueño o al actual de la vivienda? ¿Es posible que los otros años estén sin pagar del IBI? Si ésto fuera así ¿podría reclamar algo a la notaría por no comprobar el recibo?

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Pues mira, tienes que enterarte en tu ayuntamiento cual era el ultimo día para pagar en IBI de 2010.
Por ejemplo en mi ayuntamiento, que es un municipio de madrid el ultimo día de pago del IBI es el 30 de mayo. (En cada ayuntamiento es diferente)
O sea el pago del IBI según la ley le corresponde "Al propietario o usufructuario semoviente al ultimo día de plazo de pago voluntario"
Y dirás... que leche significa esto... Pues que el pago corresponde al propietario del piso a fecha 30 de mayo en mi caso.
O sea si tu hubieras comprado mi vivienda el día 3 de junio (por ejemplo) el pago me correspondería a mi por que a día 30 de mayo el piso era aun mio. Pero en cambio si tu lo hubieses comprado el día 28 de mayo el pago te corresponde a ti por que el piso a día 30 de mayo ya era tuyo.
Y tu dirás JOEEEE pues ya lo podía haber pagado el antiguo propietario. Y yo te digo que las ordenanzas municipales en mi caso obligan al pago del IBI antes de 30 de mayo. Si yo el piso lo vendo el día 28 de mayo y no quiero pagar el IBI estoy en todo mi derecho.
Gracias por la respuesta tan rápida. En mi caso el ultimo día para pagar es el 31 de julio, es decir que según tu respuesta debería pagar yo. Otras personas me han dicho lo contrario, que le corresponde al propietario a día uno de enero de ese año, igual que lo del impuesto de circulación del coche, que al comprarlo de 2ª mano debe estar pagado. En fin iré al ayuntamiento a ver que me dicen.
Por otra parte, sobre la pregunta de que si los otros años estaban o no pagados ¿es posible que tengan sin pagar los otros años? O si esto fuera así ¿se reflejaría en el último recibo esta deuda?
Gracias
Perdona pero con el impuesto de circulación pasa lo mismo. Si tu compras un coche de 2º mano el día 30 de abril de 2010, el antiguo propietario no tiene por que tener pagado en impuesto de 2010 por que todavía no ha llegado el fin del plazo para el pago. De hecho en trafico te van ha pedir que el impuesto este al día de pago, o sea que se haya pagado el impuesto del 2009, pero no el del 2010 por que aun no esta obligado a pagarlo.
No se si me explico.
Con respecto a tu otra consulta. La respuesta es NO. Las deudas no se pueden acumular a un mismo recibo. Tu pagaras el del 2010 y el resto que se encargué el antiguo propietario.
Aunque también es verdad que esto muchas veces los ayuntamientos no lo entienden y es posible que te lo cobren a ti.
Deberías haberte informado del estado de los pagos de IBI antes de firmar la compra. Tu abogado te debería haber avisado de ello.

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