Pago ibi venta vivienda
He leído en vuestra página que el pago del ibi de la vivienda que se vende/compra le corresponde, y cito textualmente "el pago del ibi corresponde pagar por ley al propietario o usufructuario semoviente el último día de pago voluntario". Me interesaría saber a que ley se refiere. Y si me pueden decir el artículo, sección, etc. De que se trata.
También si es aplica o es aplicable a la Comunidad de Madrid.
También si es aplica o es aplicable a la Comunidad de Madrid.
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Respuesta de asesoriaabc