Junta de arbitraje

¿Existe algo llamado "junta de arbitraje" para el caso de comunidades que no se ponen de acuerdo sobre algún punto?. Por ejemplo la forma de pago en la comunidad o a quien corresponde en caso de daños a la estructura causados por una obra mal hecha en una terraza (por el propietario.
Si es asi, ¿cómo funciona, es gratuita... Etc?.

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En mi experiencia no he oído hablar de "Junta de arbitraje" para solucionar desacuerdos en comunidades. Sin embargo, en el artículo 17 de la ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, en su último párrafo dice: "Cuando la mayoría no se pudiere lograr por los procedimientos establecidos en los párrafos anteriores, el Juez, a instancia de parte deducida en el mes siguiente a la fecha de la segunda Junta, y oyendo en comparecencia los contradictores previamente citados, resolverá en equidad lo que proceda dentro de veinte días, contados desde la petición, haciendo pronunciamiento sobre el pago de costas".

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