Comprar un local como primera vivienda

Tienes razón, si tienen cedula de habitabilidad tienen la calificación de casa, pero el trámite no está terminado. Con ese documento de cedula de habitabilidad, hay que ir al notario y hacer un cambio de uso de local a vivienda y registrarlo, con ello no tendrás problemas con los prestamos.
Espero haberte ayudado. Un saludo Fulma. Por favor no olvide puntuar ES MUY IMPORTANTE.

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Soy Fulma. Se me ha olvidado decirte que también hay que cambiar en el catastro el uso de la vivienda, comprando un sobre 902.
Hola. Estoy empezando a buscar un piso para comprarlo como primera vivienda y me estoy encontrando con que en mi barrio (el barrio del Pilar)en casi todas las torres hay apartamentos en los primeros pisos que, lógicamente, son más baratos que los pisos pero que en realidad en el registro de la propiedad figuran como "local oficina". Qué problemas me puede ocasionar esto a la hora de pedir hipotecas, seguros, desgravar en la declaración de la renta, etc. Me han comentado que si estos "locales" tienen concedida la cedula de habitabilidad son exactamente igual que el resto de las viviendas. ¿Es esto cierto? Muchas gracias por aclarar mis dudas. Un saludo.
David.
Muchas gracias por la rapidez al contestar pero tengo otra duda con relación a tu respuesta. Tengo entendido que para hacer el cambio de uso de local a vivienda es necesario el consentimiento de todos los vecinos de la comunidad. ¿Es eso cierto o sencillamente con acudir al notario con la cedula de habitabilidad es suficiente?
Muchas gracias otra vez.
Un saludo.
Para hacer el cambio de uso, NO ES PRECEPTIVA LA CONFORMIDAD DE LOS VECINOS, pero si debes comunicarlo al presidente para que te incluyan en los cuotas comunitarias de las zonas comunes en cso de que las uses, por otro lado tendrías la obligación de mantenimiento de fachada y cubiertas; en cso de usar algún bajante también estarías obligado a su mantenimiento en la parte proporcional que ponga en tu escritura como cuota de participación.
Es cierto que con la cedula de habitabilidad y los planos que te haya hecho el arquitecto o aparejador para el cambio de uso y su certificado de fin de obra, que ya presentaste o presentó el vendedor en el ayuntamiento para que te dieran la cedula, es suficiente.
No obstante cuando vayas a hacer la escritura el notario te lo confirmará.

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