Impuesto sobre el incremento de patrimonio y otros

Estoy francamente preocupado por la cantidad de impuestos que dicen que tengo que pagar si vendo un piso que herede en el 2001, me explico: tal y como te he dicho he heredado hace 4 años una vivienda con inquilino, ahora voy a proceder a su venta al mismo, hace 4 años un perito la valoro en 5 millones de pesetas, hoy el inquilino me da 87.000 euros por ella; y como estoy en una delicada situación económica no me queda otro remedio que venderla, y ahora vienen las dudas: el piso es del año 1970, y por ello alguien me ha dicho que estoy exento del pago del impuesto del incremento de patrimonio ya que su construcción es anterior a 1996,¿es eso cierto?, ademas ¿tengo qué declarar el IVA o lo hace el que compra?. Lo único que tengo claro es que debo pagar la plusvalía, todo lo demás es para mi una incógnita. Gracias por tu ayuda, y un saludo. Angel

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Son varias cuestiones:
1.- Si has heredado hace cuatro años, no tienes exención puesto que la fecha en la que entra el bien en tu patrimonio es del 2001 y ya no es anterior a 1996.
2.- En cuanto a la plusvalía(municipal)y al impuesto de transmisiones(en segunda escritura se paga esto y no iva), todo depende de si en el acto de la venta haces que el notario le cargue los gastos derivados de la misma, y especifique esto son a cargo de la parte compradora( y el comprador acepta)
3.- Finalmente, l aplusvalia por incremento de patrimonio en irpf(valor de compra - valor de venta) por lo que tributarias en el impuesto sobre la renta, es importante saber como tasaste o te tasaron dicha vivienda cuando liquidaste sucesiones, pues ese sería el valor de adquisición que tomaría hacienda para calcular el incremento patrimonial. Si la valoración pericial fue la que pusisteis en el impuesto, la cantidad por la que tributarias seria la diferencia entre 87.000 y 30.000, aunque podrías incrementar con los gasto inherentes a la adquisición.

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