Comunidad de Propietarios

Hola,
Vivo en un bloque de pisos, donde en los bajos hay un local con un negocio. El local tiene su puerta particular de entrada, y no tiene que acceder por la escalera de la comunidad.
Quedria saber si tiene que pagar la cuota total o que tanto por ciento de la cuota que fija anualmente la comunidad de propietarios tiene que pagar este local.
Y concretamente si está fijado en un artículo de la "ley de propiedad horizontal", o cualquier otra ley que le pueda afectar.
Muchas Gracias

2 Respuestas

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En principio habría que consultar al registro de la propiedad si están inscritos los estatutos de la comunidad o si los tienes en tu poder comprobar de que forman afectan los gastos comunitarios a cada uno de los propietarios incluido el del local comercial. Normalmente los propietarios de los locales no participan de los siguientes gastos: Mantenimiento de ascensor, reparaciones, limpieza escalera, gastos de suministro eléctrico. Si deben participar con su cuota de participación en mantenimiento de los elementos comunes (fachadas, terrazas etc.) asimismo en el 5% de fondo de reserva o en su defecto del seguro multirriesgo del edificio. Ley propiedad horizontal articulo 9 letra f.
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Nosotros hicimos reparación de tejado y los locales pagaron según el porcentaje de metros que tienen en escrituras el importe de la obra, tal y como nos informo la oficina de información al consumidor, pero ahora creo que ha salido una ley para que los locales pague cuota como todo vecino.
Acude a esta oficina y que te informen es gratuita, finalizame la pregunta

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