Si el contrato de compra-venta no se formaliza

Buenos días,
El pasado mes de abril se procedió a la firma de un contrato de compra-venta por la venta de un solar. En el mismo aparecían todas las condiciones de la venta, siendo una de ellas la entrega de un adelanto por parte de comprador.
Pues bien, mi pregunta es la siguiente:
Si resulta que, en estos momentos, el comprador está barajando la posibilidad de no adquirir dicho solar, ¿tendría qué entregar al vendedor otro importe similar al del adelanto por los daños causado?...(a pesar de no incluir esta condición en el contrato de compra-venta). ¿Cómo se formalizaría esta situación?.
Muchas gracias.
Respuesta
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No te entiendo bien la pregunta pero en principio si una persona compra un inmueble y enrega un anticipo, adelanto o similar en concepto de pago a cuenta tu tienes la posibilidad de exigir que cumpla el contrato o aceptar la cantidad entregada como una indemnización. Caso contrario tu deberías devolver la cantidad entregada duplicada en aplicación del código en ausencia de clausulas. Si no te ha entregado ninguna cantidad es difícil que consigas que lo haga.
En primer lugar gracias por tu pronta respuesta.
Ahora intentaré explicarme mejor:
El comprador sí me ha entregado un adelanto, lo que ocurre es que debido a que se demorará más de lo que tenía previsto en construir (por problemas ajenos a él), está pensando en la posibilidad de no continuar con la compra del solar.
¿Puedo yo, si llegado el caso de que el comprador no quiera comprar, pedirle daños y perjuicios, con independencia del importe que ya me ha entregado?
Puedes pedirlos pero dudo que consigas algún resultado aparte de gastar dinero en abogados. Ten en cuenta que aparte del dinero adelantado que te quedas como indemnización es más que probable que el solar se haya revalorizado dada la evolución del mercado inmobiliario. Y salvo que puedas demostrar los perjuicios es complicado que un juez te de la razón.
Espero haberte aclarado algo. Saludos y si sigues dudando no dudes en consultarme

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