Estoy construyendo una casa para lo cual tuve que pedir un préstamo hipotecario el cual ya esta en mi cuenta, en el banco no me exigen certificaciones ni nada por el estilo es decir puedo ir y pedir por ej:¿20000? Y me los dan sin pedir nada, ¿el caso es que debido a un error de calculo nos equivocamos al pedir el préstamo y pedimos 6000? ¿De menos pero el contratista nos comento que si le damos 36000? ¿En dinero "B" ya ahorraremos esos 6000? Que nos faltan.
Las preguntas son:¿Puedo sacar ese dinero del banco y dárselo en mano(al contratista)? ¿Podría tener a posteriori problemas con hacienda?
1 respuesta
Respuesta de eduacere
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eduacere, Economista con veinte años de experiencia
Tenga en cuenta que un préstamo hipotecario se basa en un informe de tasación. Lo que alegremente le propone el contratista puede resultar beneficioso para ambos pero crearle un problema a usted en caso de inspección tributaria. Eso de que el banco no le pide las certificaciones, puede ser correcto, pero la Agencia Tributaria sí se las puede exigir en un próximo futuro (5 años). Tenga cuidado con el dinero "B" yo no soy partidario de más de un 2% como máximo (dos millones de las antiguas pesetas de cada cien) o lo que es lo mismo: 12.000 euros de cada 600.000 como máximo. Y digo esto basado en sentencias que consideran estas cantidades el denominado gasto de difícil justificación o lo que es lo mismo un margen razonable y en proporción. Si su ejemplo es real proporcionalmente hablando no lo haga. Si por el contrario es un simple ejemplo al azhar, calcule los porcentajes admisibles que le digo. El riesgo es suyo, y no será ni el constructor ni otro nada más que usted el que pueda recibir un requerimiento que rompa su tranquilidad. En definitiva que yo sacaría tranquilamente 10.000 euros del banco para gastos difíciles de justificar si en mi cuenta tuviera en marcha una operación de 500.000 al menos. El margen de proporcionalidad (lo que el sujeto pasivo justifica y lo que no) es directo y no inverso a la cuantía cuando nos remitimos al punto de vista fiscal. Ese uno o dos por ciento admisible se puede volver en su contra si hablamos de importes muy altos y en cambio es aceptable en proporción al precio actual de la vivienda para cuantías entre ciento cincuenta y hasta seiscientos mil euros. Mi respuesta es que sí, que a posteriori podría tener problemas (y de considerable cuantía) con Hacienda si supera la proporción estimada que le indico, pero sobre todo si Hacienda lo pudiera considerar una falta tributaria grave o muy grave. Tenga en cuenta que el banco declara las operaciones, es decir que Hacienda tiene conocimiento en sus bases de datos de su préstamo en el importe total percibido. A partir de aquí y teniendo en cuenta una estimación tan prudente como la que le he indicado en porcentaje estime su riesgo (y transmítalo al contratista que también lo tiene, aunque en menor medida que usted, no lo ovide). Tampoco olvide nunca que dormir bien no tiene precio. Tel vez nuestra presión fiscal sea excesiva, pero yo prefiero pagar 6.000 euros al fisco antes que acostarme con mi temor de recibir en cualquier momento un requerimiento de prueba fehaciente de que mis actos en cuanto a operaciones sujetas a algún impuesto no lo he tratado de reducir. Concluyo en que nuestros impuestos pueden aplicarse donde no queremos como por ejemplo una Comunidad autonómica lejana mientras en Madrid no podemos disfrutar de una semiterminada M-50, pero aún así yo personalmente aconsejo pagar los impuestos y después si procede reclamar el exceso. En definitiva y como decía, "Dormir bien, sin esos cabos sueltos que producen el insomnio, pero sobre todo con la conciencia tranquila" Tan inocente como un bebé al tumbarte en el lecho a oscuras. Eso no se paga con seis mil euros ni con cien mil Reciba un sosegado saludo.