Reinversión en vivienda habitual

Hola que tal. La semana que viene vendo mi vivienda habitual para comprar otra que sera mi nueva vivienda habitual que escriturare este año y de la que ya he entregado en 2006 unas cantidades a cuenta. Tengo las siguientes dudas:
- A la hora de tener en cuenta las cantidades deducidas de mi anterior vivienda para poder empezar a desgravarme en esta, ¿se incluye también cuenta vivienda e intereses o solo capital amortizado?
- Para calcular el importe para exención por reinversión, debo restar al precio de venta los gastos generados en la misma (notaria, plusvalía, penalización por cancelación anticipada, etc..).
- Las cantidades entregadas en 2006 para la nueva vivienda, ya que la escritura se va a realizar en 2007, ¿podría considerarlas como parte del importe a reinvertir?
Gracias por todo y enhorabuena por las respuestas.
Respuesta
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Tratare de aclarate un poco sobre el tema que interesas:
1º)Has de tener en cuenta todas las cantidades que has deducido por tu antigua vivienda, incluidos intereses y cuenta vivienda. Ten en cuenta que en la nueva vivienda también deducirás los intereses que genere tu nuevo préstamo.
2º)A mi entender, solo debes de tener en cuenta el Impto. que pagues por la Plus-Valía, ya que es el único que puede considerarse que merma el valor de venta al inmueble, pues en la venta los Gtos. De Notaría son por cuenta del que compra, y los de cancelación notarial, y penalización por cancelación anticipada, aunque corresponden a la financiación del inmueble, su cancelación es ajena al mismo.
3º)Si tienes factura, entiendo que serían desgravables en el IRPF del 2.006, claro siempre y cuando no desgraves también por la 1ª vivienda, ya que no pueden concurrir dos desgravaciones por un mismo concepto y distintos inmuebles. Es decir, si desgravas por una pierdes la otra.

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