Morosos

¿A partir de cuantos recibos atrasados en el pago de la comunidad se puede llevar a vía judicial? No se especifica en los estatutos de la misma
Respuesta
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A partir de los que creáis convenientes, pueden ser 3 o depende del importe de las cuotas.
Se decide en asamblea y se hace constar en el libro de actas.
¿Si la deuda es inferior a 900? No se necesita abogado.
Si decidís demandar a algún vecino moroso, me contactas de nuevo y te explico como hacerlo.

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