¿En el edificio donde vivo el dueño del edificio (vivo de alquiler) quiere instalar un ascensor y me gustaría saber si me puede incrementar mi alquiler? Para más datos le diré que mi contrato se hizo a principios de agosto de este año.
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Respuesta de serpean
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serpean, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Diplomado...
El artículo 19 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos 5 AÑOS de duración del contrato, le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar el capital invertido en la mejora el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del veinte por ciento de la renta vigente en aquel momento. Ahora bien, el artículo 18 de la misma Ley establece que durante los CINCO PRIMEROS años de duración del contrato, la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un periodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado. En resumen, durante los 5 primeros años sólo te podrá incrementar la renta en función de lo que se incremente el IPC y si a partir de esos primeros 5 años realiza obras, entonces te podrá exigir un incremento en función de la inversión que haya hecho pero en principio, como has hecho el contrato en agosto, sólo te podrá incrementar la renta en lo que se incremente el IPC.