Embargo y cuenta como autorizada

Tengo muchas deudas pendientes por tarjetas que llevo sin pagar mas de 3 años, no tengo ningún bien ni nada a mi nombre y durante este tiempo he estado como autorizada en la cuenta de mi marido cobrando la nomina en ella porque me habían dicho que era imposible que me lo tocaran al no ser titular, y esperaba a que me hicieran la retención legal del porcentaje de la nómina desde mi empresa.

Lo que ahora me inquieta es que ayer mi madre me dijo que le había llegado una notificación a mi nombre de una retención de 192 euros en su cuenta (de la que yo creo que solo soy autorizada pero tengo que comprobarlo mañana) por una multa del 2011 y por importe total de 260 euros. Esto me ha asustado puesto que entiendo que si han hecho este embargo sin ser titular de la misma podrían hacer lo mismo con el resto de deudas tanto en esta cuenta de mi madre (77 años) como en la de mi marido con lo cual no podríamos hacer frente a los pagos básicos.

Por una lado querría que alguien me aclarara si es esto posible, el embargo de esa cuenta de mi madre y el embargo de la de mi marido en la que soy autorizada, y por otro lado si seria mejor que yo abriera una cuenta a mi nombre como única titular y en ella ingresara mi nomina haciendo el traspaso del dinero a la cuenta conjunta en cuanto llegara, y poder pagar los gastos mensuales, de este modo no estaría vinculada mi nomina a la cuenta de mi marido y no podrían tocar el dinero, pero no lo tengo claro y temo que al seguir siendo autorizada puedan quitarnos de esa cuenta dinero, por eso mi miedo.

Imagino que cuando hagan el embarg de la nomina desde mi empresa ya no podrán embargarme nada más y si llegan más embargos tendrán que esperar a que termine de pagar los otros, ¿es así?

Mi intención es pagar pero en este momento no puedo, aunque si me hicieran el correspondiente embargo en la nomina iría pagándolo poco a poco.

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Lamento su situación, lo primero que debe saber es que si tiene deudas mas pronto o mas tarde le llegara una providencia de apremio con la deuda en cuestión, es raro que no le haya llegado ya, y después de eso le darán un plazo para pagar la deuda, sino la satisface le llegara el embargo propiamente dicho y empezaran por embargarle dinero en cuentas en las que sea titular o cootitular, después sino se satisface así se embargara nominas o pensiones pero solo lo que marca la ley hay una tabla sobre eso, y jamas le podrán quitar toda la nomina, siempre se basan en el salario mínimo interprofesional y a partir de ahí bareman y hacen el porcentaje de embargo, eso si yo averiguaría lo de la cuenta de su madre, por que si usted es titular le pueden embargar la cuenta sin problemas, y sobretodo espere las notificaciones de apremio si es que aun no se las han notificado para consensuar un pago fraccionado.

La cuenta de su marido también la pueden embargar debido a eso a que es su marido, abrase una cuenta propia y así evitara problemas a su madre ya que así solamente embargaran su cuenta y su nomina.

Espero haberle ayudado no tengo una idea muy profunda del tema.

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