Seguro amortización hipoteca

Ha muerto el marido de mi hermana, y le hecho una mano en los documentos, ya que contrataron un seguro de amortización de hipoteca. Hace 15 años mi cuñado tuvo un infarto, pero desde hace 15 años no ha vuelto a padecer de esta enfermedad, ¿pues estaba en perfectas condiciones. El seguro lo contrataron hace 8 meses. Le amortizaran el crédito? O le darán mil vueltas antes de hacerlo, ¿a pesar de la pena por la que están pasando mi hermana y mis sobrinos?

6 Respuestas

Respuesta
1
En principio tendrían que amortizar el crédito. En cuanto a que te hagan dar un motón de vueltas, pudiera tener problemas si cuando firmó la póliza no indicó que tuvo un infarto y la cia. tiene constancia.
Esperemos que todo salga bien.
Respuesta
1
Si las cosas son como dices, NO DEBERÍAIS TENER NINGÚN PROBLEMA PARA HACER EFECTIVO ESTE SEGURO.
PERO ATENTOS, Lo primero, si no lo habéis hecho ya, es presentar un escrito suscrito por los cotitulares del préstamo que nos ocupa, con su copia correspondiente, en la sucursal bancaria donde tenéis sucrito el préstamo y el seguro, por medio del cual reclamáis EL PAGO de la CONTINGENCIA POR FALLECIMIENTO DEL TITULAR, especificando la fecha de fallecimiento y exigiendo el pago del préstamo desde ese mismo mes, por lo que deberían de retrocederos las cuotas pagadas desde entonces. Debreis presentar, junto con este escrito, una copia del CERTIFICADO LITERAL DE DEFUNCIÓN, y tened buen cuidado de que os sellen la copia del escrito, con especificación de la fecha del día y la firma de algún responsable de la sucursal. Deberían responderos afirmativamente en un plazo no superior a 15 días lectivos.
Transcurrido ese plazo, si no hay respuesta, o esta no es satisfactoria, INMEDIATAMENTE, debéis cursar, por escrito, Correo certificado con acuse de recibo, reclamación del caso ante EL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE de la entidad. Plazo para responder máximo de 15 días lectivos. Trascurrido este plazo, si no hay respuesta, o esta no es satisfactoria, SIMULTÁNEAMENTE, reclamación por escrito ante EL BANCO DE ESPAÑA, y LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS, tammbién correo ceritficado con acuse de recibo. En estos estamentos casi seguro que obtendréis respuesta satisfactoria, pero si transcurridos unos 15, o 20, días lectivos, no fuera así, no os quedaría ya otra vía que acudir a los TRIBUNALES. Aquí sí que tenéis la casi total seguridad de GANAR, más de un 90 %, ya que SIEMPRE QUE LA ASEGURADORA HAYA COBRADO UNA PRIMA POR ASEGURAR UN CAPITAL POR FALLECIMIENTO, Y NO HAYA EXIGIDO RECONOCIMIENTO MEDICO, siempre ha de pagar, ya que la declaración de salud es subjetiva, el contratante se encontraba bien y no estaba en tratamiento de ninguna enfermedad, más a más, me dices que la declaración de salud la relleno el director de la oficina, por lo que pudo entender mal lo que se le decía, o bien se equivoco al rellenar el impreso, e incluso pensando algo mal, pudo falsear la misma con el fin de poder contratar la póliza.
IMPORTANTE, guardar con cuidado todas las copias de los documentos que presentéis, así como los justificantes de correos, os serán muy útiles si tenéis que pleitear con la aseguradora.
Muchas gracias por atenderme, falleció de una cardiopatía hisquemica, muerte natural, dice el forense. Cuando contrato el seguro no le hicieron ningún reconocimiento, y hacia 15 años que en el informe medico del cardiólogo dice este que estaba asintomático, osea sin síntomas desde entonces. Solo tomaba una pastillita para la tensión. Solo le hicieron una serie de preguntas el mismo director del banco, la que más me llama la atención es ¿ha padecido alguna enfermedad en los años anteriores? Y el pone "no". Espero con ansiedad su atención. Muchas gracias, esta sirviendo de una gran ayuda en estos momentos.
¿Se me ha olvidado decir que la pregunta dice exactamente en los 5 años anteriores? Y el pone no
En primer lugar, ¿de qué falleció tu cuñado?.
En segundo lugar, ¿cuándo contrató el seguro,? ¿Le hicieron reconocimienbto médico?.
Tercer Lugar, Cuando se contrató el seguro, tu cuñado, ¿estaba en tratamiento médico por cualquier otra causa?
Pendiente de tus respuestas.
Respuesta
1
Lo siento, no tengo ni idea sobre hipotecas.
Respuesta
1
Estimada amiga: Conozco algunas, y en todos esos casos el seguro respondió, pero como te digo se demoraron por los trámites engorrosos que hacen lento el proceso de pago. De todos modos la experiencia dice que en el peor de los casos han durado entre uno y tres meses para cancelar, mientras verifican toda la documentación, el acta de defunción del fallecido, etc. Pero tranquila que todo está en orden puede incluso que antes de un mes estén cancelándoles. No olvides finalizar y valorar esta respuesta por favor al final de esta página de acuerdo a tu criterio. Recibe un saludo y ya sabes donde encontrarme cuando necesites algo, para ayudarte con muchísimo gusto.
Estimada amiga: Efectivamente y lamentablemente darán todas las vueltas y demorarán todo lo que puedan para hacerlo, pero lo harán, así es que no te preocupes, pero hay que tener paciencia que estas trámites tardan, porque ellos para esto son muy lentos, no así para cobrar, ya que se demoran es tratando de buscar la excusa para no pagar, pero no te preocupes que deben responder y lo harán. No olvides finalizar y valorar esta respuesta por favor al final de esta página de acuerdo a tu criterio. Recibe un saludo y ya sabes donde encontrarme cuando necesites algo, para ayudarte con muchísimo gusto.
Respuesta
1
Eso solamente pueden saberlo revisando la póliza de seguro. Si el seguro contempla cubrir el pago, así se deberá hacer, pero si tienes condiciones específicas y diferentes, no sería posible.
La aseguradora se reserva el derecho de revisar todo. No son hermanas de la caridad, si no, no sería negocio. No se trata de sentimientos, lamentablemente, sino de lo que diga el contrato. Hay que leer la póliza.
Respuesta
1
Si le contrataron el seguro correctamente deben pagarle el préstamo. Si la empres aseguradora no lo paga debes poner el caso en manos de un abogado, pues en tal caso lo contrataron con algún vicio y alguien debe hacerse responsable del mismo y pagar las consecuencias. Si tu cuñado lo contrató de buena fe debe pagar la compañía de seguros.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas