Seguro de vivienda y cerramientos

Tengo una terraza de 37 m2 abierta por dos lados (este-oeste), nos hicimos un cerramiento para parar el viento puesto que se nos volaban hasta las macetas con planta y todo. La última vez que ha hecho viento se nos ha roto una de las ventanas y por suerte no ha hecho daño a nadie porque no ha habido rotura de cristales. Mi pregunta es la siguiente: No es el caso, pero si hubiera habido rotura y hubieran caído cristales a la calle causándole algún daño a alguien ¿lo cubriría el seguro de la vivienda? Cuando nos lo hicimos no teníamos el cerramiento y no recuerdo si nos lo preguntaron para especificarlo. EL seguro nos cubre la rotura de cristales. ¿Tendríamos qué especificarlo en el seguro? Y una vez incluido -si es que es necesario- ¿Qué cubriría en caso de accidente? ¿Los daños a terceros están cubiertos?
Muchas gracias
Respuesta
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Hola
Para tu tranquilidad, lo mejor es informar a la compañía de seguros de cualquier modificación que realices en la vivienda. Generalmente los cambios realizados en cristales., mobiliario, etc... están cubiertos siempre que hayas contratado estas garantías en la póliza, que en tu caso sería si.
En relación a los daños a terceros, los tendrías cubiertos si en tu póliza has contratado la responsabilidad civil, es decir, que aunque no tuvieras garantizada la rotura de cristales, los daños causados por estos si estarían cubiertos.
Para más información:
http://comunidad.terra.es/blogs/infoseguros

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