Auxiliares externos

Usuario
Buenos días,
Soy agente exclusivo de la compañía AXA y quería hacer una consulta acerca de los auxiliares externos que podemos contratar.
Soy agente especialista en el canal de vida, y por ello las
comisiones que tengo en vida son mayores que las de otros profesionales
de la compañía, pero en contrapartida tengo ciertas limitaciones en
cuanto a producción de diversos, y los precios que puedo ofertar en
diversos no son tan competitivos por no disponer de tanta cartera para
obtener un fondo de descuento comercial interesante.
El caso es que a la hora de ofrecer un contrato de auxiliar
externo la gente suele dudar o echarse para atrás ya que el ramo de
vida / inversión no les atrae demasiado, mucho trabajo para hacer
operaciones interesantes.
He oído más de una vez que un auxiliar externo puede serlo para un
agente exclusivo en un ramo determinado, y al mismo tiempo serlo para
un corredor en el resto de ramos. Es decir el caso sería que un
auxiliar externo mio lo fuese solo para mi en los ramos de vida y salud
por ejemplo, y fuese auxiliar externo al mismo tiempo de un corredor
para el resto de ramos pero no para vida y salud.
He consultado varias veces la ley y no encuentro justificación a este supuesto.
¿Sería correcto?

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No podrán celebrar contratos de auxiliares externos con corredores de seguros las siguientes personas:
· Los agentes de seguros exclusivos
· Las agencias de seguros exclusivas
· Los agentes de seguros vinculados
· Las sociedades de agencia de seguros vinculadas
· Los auxiliares externos de dichos agentes y sociedades de agencia
· Los operadores de banca-seguros exclusivos
· Los operadores de banca-seguros vinculados
· Entidades de crédito que hayan puesto su red de distribución a disposición de un operador de banca-seguros.
Es decir, no es factible lo que estás planteando.

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