Seguros en internet

Estoy terminando derecho y el tema de los seguros me apasiona. Me he presentado por mi cuenta para sacarme el titulo de mediador pero no he tenido suerte.
Como estoy metido en el mundo del caballo y estoy sacando una gran cartera de clientes me he puesto a colaborar con varias corredurías. Yo tengo un contrato con una y mi pareja con otra.
Nos hemos hecho una web donde ofrecemos los productos de caballos que ofrecemos pero me da miedo estar haiendolo mal y que nos puedan otros tratar de buscarnos problemas. ¿Hay problema en tener este tipo de web sin ser corredor de seguros? ¿Podemos especificar algo en la web que no nos reste credibilidad pero nos de amparo legal? Hace poco que hemos empezado en esto pero empieza a funcionar y me gustaría saber como hacerlo bien para tener el tema fiscal en regla. ¿Me he de dar de alta como autónomo? ¿Cómo podría hacerlo bien? Soy una especie de "comercial" pues soy subagente de una correduría y mi pareja lo mismo de otra para tener más amplitud de productos para ofrecer.
Espero que con tu experiencia en seguros me puedas ayudar.

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Miguel:
Aún a riesgo de equivocarme te diré que la mediación en seguros es un tema muy serio que está indubitadamente regulado en la Ley.
Ser mediador de seguros implica una serie de derechos y de obligaciones que están reservados unicamente a aquellas personas que legalmente tengan la condición de mediador de seguros, ya sean corredores, agentes vinculados o agentes exclusivos, cada uno con sus particularidades.
Si te lees detenidamente la Ley 26/2006 de mediación de seguros y reaseguros privados, verás que las prerrogativas de esta profesión están reservadas a las personas que están legalmente inscritas y registradas como mediadores. Y a nadie más.
Entre esas facultades está la posibilidad de hacer publicidad de sus servicios, siempre que pongan claramente en la misma sus datos, denominación y mil cosas más... Nadie puede publicitarse como mediador de seguros sin serlo. Y por más que tengas un contrato con un corredor de seguros, tu contrato no tiene efecto alguno respecto a terceros, de él no se desprenden obligaciones, ni con ello puedes asumir funciones de asesoramiento o gestión que son propias de los mediadores. Como auxiliar externo de un corredor tus funciones son únicamente colaborar con él en la venta del producto, pero nada más y siempre actuando en nombre de ese corredor. Tu trabajo es captar a la clientela y, como mucho, llevar a cabo alguna actuación sencilla de orden administrativo.
Dicho esto, sí puedes publicitarte, pero dejando muy claro que eres auxiliar externo de la correduría tal, inscrita en el Registro Mercantil... y en el Registro de la Dirección General de Seguros con el número tal, que tiene concertado seguro de responsabilidad civil conforme a la Ley, etc. Y que en base a ese acuerdo con la Correduría, facilitas información respecto a tal y tal Compañía...
Es decir, cumpliendo los requisitos de información que se exigen para la Correduría a la que perteneces y dejando claro que eres auxiliar externo de la misma, etc.
Para mayor tranquilidad, habla el tema con la Correduría.
Sé que mi respuesta es dura, pero esa página WEB y el resto de publicidad que te quieras hacer sin cumplir los requisitos que te digo, te traerá problemas, tanto con el corredor de quien eres auxiliar, como con el resto de mediadores, como con la administración, porque en definitiva te publicitas como un mediador sin serlo o al menos, crea confusión.
Por último, toda persona que lleve a cabo una actividad retribuida por cuenta propia debe dar de alta su actividad económica y cotizar.
Hola Miguel, te agradecería que cerraras la pregunta y valoraras.
Mil gracias.
Un saludo

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