Quien paga las costas contrarias con as. Jurídica

Mi comunidad ha perdido un juicio por un recalo y hemos sido condenados a pagar las costas. La póliza de nuestro seguro tiene incluidos gastos jurídicos hasta 6.000 euros. El abogado que nos ha defendido ha sido elegido por nosotros con el visto bueno del seguro. ¿Tiene el seguro la obligación de pagar las costas de la parte contraria?
Le agradecería que me informaran sobre normativa o jurisprudencia al respecto.
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Vuestro seguro pagará vuestras costas, pero nunca las de la parte contraria, salvo que el juez condene a la comunidad a pagar todas las costas, en cuyo caso sí que las debería de abonar.
No es una cuestión de jurisprudencia, sino de lo que el juez dictamine.
Gracias por la rapidez y claridad. El fallo dice literalmente: "... absuelvo a la demandada. Todo ello con expresa condena de costar a la parte demandante".
El seguro de tu comunidad pagará todas las costas.

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