Accidente con alcoholemia y heridos leves
He tenido un accidente de coche. Era un sábado noche y entrando a una glorieta me despiste un poco y choque contra otro. El otro coche era una c15 con más de 20 años y puede ser que quedara siniestro ( aunque el golpe no fue para tanto ) y llegaron los municipales. Una chica del otro coche decía haberse dado un golpe pero no fue nada, lo que pasa que se puso muy nerviosa y la llevarona urgencias en una ambulancia, pero le dijeron que no tenia nada en la cabeza y después decía que le dolía el cuello ( en fin, echándole cuento ). Después lo municipales me aconsejaron que no me negara a hacer la prueba del alcohol la cual di positivo 0,39 la primera vez y la segunda 0,34, prueba que me realizo la guardia civil. Le pregunte al municipal que cuanto seria la multa después de haberme echola primera prueba y me dijo que nada. Pero después se arrepentio y me dijo que no podía ser que si me costaría algo pero que lo haría lo más favorable posible. ¿Podría realmente dejarme sin multa?
He leído otros preguntas que te han realizado en casos parecidos, yo he mirado mi póliza y no dice nada de no cubrir el accidente en caso de que el conductor vaya bajo los efectos de alcohol. ¿Quisiera saber si mi seguro lo pagara los daños del otro coche y de los daños personales? La persona que decía haberse echo daño es menor de 25 y iba sentada atrás de la c15 donde no había cinturones de seguridad.
Otra pregunta es si se llegará a celebrar un juicio rapido ya que así me dijeron los municipales que lo harían pero que a lo mejor no se llegaría celebrar.
Tengo un seguro de responsabilidad civil obligatoria y voluntaria. En la póliza hay una serie de clausulas delimitativas en la que una de ellas dice:
En condiciones comunes en todas las modalidades de seguros en seguro individual de accidentes de conductor un punto en el que dice art. 61 exclusiones especificas. Se supone que son las especificas de la póliza ¿no?.
He leído otros preguntas que te han realizado en casos parecidos, yo he mirado mi póliza y no dice nada de no cubrir el accidente en caso de que el conductor vaya bajo los efectos de alcohol. ¿Quisiera saber si mi seguro lo pagara los daños del otro coche y de los daños personales? La persona que decía haberse echo daño es menor de 25 y iba sentada atrás de la c15 donde no había cinturones de seguridad.
Otra pregunta es si se llegará a celebrar un juicio rapido ya que así me dijeron los municipales que lo harían pero que a lo mejor no se llegaría celebrar.
Tengo un seguro de responsabilidad civil obligatoria y voluntaria. En la póliza hay una serie de clausulas delimitativas en la que una de ellas dice:
En condiciones comunes en todas las modalidades de seguros en seguro individual de accidentes de conductor un punto en el que dice art. 61 exclusiones especificas. Se supone que son las especificas de la póliza ¿no?.
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Respuesta de Francisco Santos
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