Seguro nomina y despido improcedente
El año pasado contrate un seguro protección nomina con un banco reconocido En enero de este año me despiden y en la carta de despido alega la empresa como formalidad ya que no esa la situación real :
( Textual) "la disminución voluntaria y continuada de su rendimiento y que según lo establecido en el art 54 del estatuto de los trabajadores constituye una de las causas de extinción del contrato por decisión del empresario por lo que la empresa ha decidido sancionarle con despido disciplinario a partir del 15 de enero de 2010, en atención a lo manifestado. El despido tendrá efectos a partir del día 15 de enero de 2010, a pesar de que esta parte considera los hechos alegados ciertos, ante la dificultad de su acreditación y en atención a la Ley 45/2002 de 15 de diciembre reconoce la improcedencia del despido" (...) Luego señala la disposición de las pagas y demás conceptos hasta la fecha de extinción... Etc"
Interpreto que es una carta de comunicación por parte de la empresa reconociendo la improcedencia del despido y el reconocimiento de la indemnización. Que es unos de los documentos que he presentado y que figuran entre la documentación exigida por el banco.
Según las condiciones del seguro nómina quedan excluidos de la garantía:
"1- Por cese voluntario
2- Cuando hayan sido despedidos y no reclamen en tiempo y forma oportunos contra la decisión empresarial, salvo por extinción del contrato o despido basados en las causas objetivas previstas en el art 52 del estatuto de los trabajadores (RDL 1/1995 de 24 de marzo) en cuyo caso no es necesaria la reclamación.
Que interpreto, el banco se ha amparado en este último
Lo anterior es textual.
En el día de ayer concurro al citado banco y me expresan que como es un despido procedente se rechaza la adjudicación del seguro.
He consultado con la empresa y ellos están dispuestos a subsanar el error. ¿Pero es esto posible?
Ahora mi consulta es a quién debo reclamar a la empresa o al banco. Entre la empresa y mi persona sólo fue una formalidad por falta de trabajo en la misma. Me ha efectuado el total del finiquito como despido improcedente, y lo he cobrado inmediatamente.
He consultado con la empresa y ellos están dispuestos a subsanar el error. ¿Pero es esto posible?
En principio estoy redactando una nota al banco solicitando me notifiquen por escrito la resolución y los motivos de la misma.
¿Cuáles son los paso que deberé seguir?
Deseo que no descartan esta consulta como sucedió ayer ya que podría ayudar a unas cuantas personas que están en la misma situación, y en las web no hay mucha información sobre el tema.
( Textual) "la disminución voluntaria y continuada de su rendimiento y que según lo establecido en el art 54 del estatuto de los trabajadores constituye una de las causas de extinción del contrato por decisión del empresario por lo que la empresa ha decidido sancionarle con despido disciplinario a partir del 15 de enero de 2010, en atención a lo manifestado. El despido tendrá efectos a partir del día 15 de enero de 2010, a pesar de que esta parte considera los hechos alegados ciertos, ante la dificultad de su acreditación y en atención a la Ley 45/2002 de 15 de diciembre reconoce la improcedencia del despido" (...) Luego señala la disposición de las pagas y demás conceptos hasta la fecha de extinción... Etc"
Interpreto que es una carta de comunicación por parte de la empresa reconociendo la improcedencia del despido y el reconocimiento de la indemnización. Que es unos de los documentos que he presentado y que figuran entre la documentación exigida por el banco.
Según las condiciones del seguro nómina quedan excluidos de la garantía:
"1- Por cese voluntario
2- Cuando hayan sido despedidos y no reclamen en tiempo y forma oportunos contra la decisión empresarial, salvo por extinción del contrato o despido basados en las causas objetivas previstas en el art 52 del estatuto de los trabajadores (RDL 1/1995 de 24 de marzo) en cuyo caso no es necesaria la reclamación.
Que interpreto, el banco se ha amparado en este último
Lo anterior es textual.
En el día de ayer concurro al citado banco y me expresan que como es un despido procedente se rechaza la adjudicación del seguro.
He consultado con la empresa y ellos están dispuestos a subsanar el error. ¿Pero es esto posible?
Ahora mi consulta es a quién debo reclamar a la empresa o al banco. Entre la empresa y mi persona sólo fue una formalidad por falta de trabajo en la misma. Me ha efectuado el total del finiquito como despido improcedente, y lo he cobrado inmediatamente.
He consultado con la empresa y ellos están dispuestos a subsanar el error. ¿Pero es esto posible?
En principio estoy redactando una nota al banco solicitando me notifiquen por escrito la resolución y los motivos de la misma.
¿Cuáles son los paso que deberé seguir?
Deseo que no descartan esta consulta como sucedió ayer ya que podría ayudar a unas cuantas personas que están en la misma situación, y en las web no hay mucha información sobre el tema.
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Respuesta de Angel del Amo
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