Cancelación seguro de vida

Cuando compré mi piso contraté un seguro de vida y hogar con el banco, ahora quiero cancelarlo para irme con otra compañía a la que ya le he dicho que sí, pero en el banco me dicen que tengo que avisar con dos meses de antelación, que es una ley nueva que ha salido para todas las aseguradoras y que como el seguro me caduca dentro de dos semanas que no pueden hacer nada, que tengo que pagarlo sí o sí. Pero en el contrato que yo firmé no decía nada de avisar con dos meses, ¿tengo la obligación de pagarlo? ¿Puedo hacer algo? ¿Qué solución hay?
Gracias y un saludo

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¿Una nueva ley? Lo fue en 1980 cuando salió... no se fíe nunca de lo que le digan sobre seguros si no es un profesional, no haga seguros con los bancos...
La ley exige advertir con dos meses de antelación para anular la cualquier póliza, pero no es algo que se lleve muy a rajatabla... el problema es que como es el banco quién le hace la póliza y quién controla su cuenta no tendrá más remedio que pagar esta anualidad.
Envíe desde ya una cata solicitando la anulación a la sede social de la aseguradora, olvidándose de su sucursal, por correo certificado y con acuse de recibo. Y busque otra póliza de cara al siguiente año.
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Muchísimas gracias, ahora sabiendo esto he podido solucionarlo todo, al final me lo han hecho ¡Qué cara dura los del banco! qué razón tiene usted...
Gracias de nuevo, porque estando más informada he podido "luchar" con más argumentos. Un saludo

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