Indemnización por invalidez

Comentarle que mi madre tiene una invalidez por una enfermedad y queríamos saber ya que nos han indicado que las tarjetas de créditos y los préstamos tienen un seguro que cubren una indemnización por esa causa, ¿es cierto? ¿Dónde podemos acudir?

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Es correcto, pero a medias. Las tarjetas de crédito (que no de débito) ofrecen un seguro adicional en caso de sufrir un accidente en un medio de transporte, siempre y cuando se paguen los billetes con ellas. Y casi siempre lo contemplado es la invalidez permanente absoluta (para cualquier tipo de trabajo) o el fallecimiento. No se descarta que las tarjetas de alta gama (Oro o Platino) puedan dar coberturas adicionales, pero insisto, este supuesto se limita a un accidente en un medio de transporte, o para cualquier salvedad que conste contemplada en el condicionado de la tarjeta.
      En los préstamos personales, el que responde es siempre la persona que lo contrata (no hipoteca ningún bien), por lo que lo normal es que siempre sea obligatorio el suscribir un seguro de pagos, para que en caso de ocurrir algo, éste pueda responder al menos por el importe de las letras pendientes. Es extraño que para un conceder un préstamo personal se les haya solicitado algo más que un seguro de pagos, como por ejemplo un seguro de vida, pero tal y como están los bancos últimamente, no lo descarto, dependiendo del importe.
      Como desconozco la naturaleza del préstamo que tienen contratado, y sus condiciones, lo ideal es que esta consulta se la hagan a su entidad bancaria, la cual le asesorará sobre el tipo de préstamo contratado y sobre si consta algún seguro aparejado a él.
      Espero haberle podido ayudar. Y para cualquier duda, ya sabe dónde encontrarme.
      Por favor, no olvide cerrar y valorar la respuesta.

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