Me han ofrecido representar mediante la Figura de Agente, varias Compañías de Seguros. No obstante, tengo entendido que una persona física, no puede representar a más de una compañía. Mi pregunta es la siguiente: En caso de que me estableciera como Sociedad, por ejemplo SL, podría tener acceso a la representación de varias compañías, ¿ya qué el titular del contrato mercantil sería una Persona Jurídica y no una Física?
Las figuras que hay en la actualidad en la Mediación de Seguros son, Agente Exclusivo, Agente Vinculado o Corredor de Seguros. Estos pueden ser personas físicas o Jurídicas y para ser uno ú otro tienen que tener una capacitación o formación específica. Los Agentes Exclusivos, sólo trabajan para una aseguradora, dependiendo de esta la formación de los mismos y siendo responsabilidad de las aseguradoras los actos ú omisiones que puedan cometer en el transcurso de su actividad. Loa Agentes Vinculados, pueden trabajar para varias aseguradoras, pero para ello hay que solicitar autorización a la Cía. matriz, pero para poder ejercer con esta figura hay que tener superado el Curso de Mediador de Seguros Titulado que se imparte en el Colegio de Mediadores de Seguros, sin este titulo no se puede ejercer para varias aseguradoras. Por último los Corredores de Seguros pasa lo mismo que el caso anterior, también es preciso tener el Titulo de Mediador de Seguros, sin él no se puede ejercer esta profesión. Te recomiendo leas la Ley de Mediación de Seguros, aclara bastante todo esto, y por lo menos tendrás más claro que tipo de agencia poner en marcha, pero no te dejes asesorar sin que te digan todos los pros y los contras, hay sanciones importantes. El titulo de mediador de seguros que se imparte en el Colegio de Mediadores, viene a costar un año o dos, depende del colegio que lo imparta, hay exámenes durante su impartición que hay que superar y cuesta entorno a 3.000 Euros el hacerlo. Para el caso de ser sociedad, al menos el 50% de los que compongan la misma deberán tener también el titulo de Mediador, por lo que da igual que te montes una sociedad o que lo hagas como persona física, los requisitos son iguales. Espero haberte despejado las dudas, pero si tienes más lo comentamos.