Días no impeditivos y vacaciones

Sigo esperando hacer las pruebas que pidió el traumatólogo y su posterior consulta. Después, el médico del RACC me tiene que ver, también, pero yo tengo una duda: por lo que veo, me va a coincidir con mis vacaciones de segunda mitad de agosto y no sé si puede haber algún problema con que le diga al médico del RACC que espere hasta el 1 de septiembre para valorar todo. En principio, yo creo que no tengo por qué cambiar mis planes de vida...
Le llamé al médico del RACC hace dos semanas para ver si me citaba en consulta, pero me dijo que la compañía le había indicado que esperase al resultado de todas las pruebas.
Por lo tanto, ¿tendré algún problema si le digo que me voy esos días de agosto? Supongo que seguirán siendo días no impeditivos hasta que el médico me dé el alta definitiva, ¿no?
¿Cree usted que el médico valorará las secuelas que me han quedado? ¿Será mejor esperar a ver qué hace este médico y, si no estoy de acuerdo con su valoración, acudir al perito vía denuncia?
De todos modos, ¿me tienen que pagar, con seguridad, todos los días desde el accidente hasta que me den el alta definitiva como días no impeditivos o hay alguna posibilidad de que se discuta el cómputo de los mismos sin haber existido un alta médica?

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Muchas preguntas, muchas respuestas, vayamos por partes.
Existen tres tipos de indemnización según la situación, día impeditivo que es aquel en el que no se pueden realizar trabajos y acciones habituales o cotididianas, vamos que precisas que te hagan la comida, la cama y por supuesto no puedes trabajar. Día no impeditivo, que es aquel en el que sigues en proceso de recuperación, tratamiento médico y recuperación, pero que puedes hacer vida más o menos normal e incluso trabajar, pero estás como digo en periodo de recuperación y los días hospitalizados que no hay que comentar. Tantos unos como otros no son excluyentes, es decir, puedes estar tres meses con lesiones y tener, un mes de hospital, otro impeditivo y otro no impeditivo, pero al final te los pagarán como tal, cada tipo de día tiene una indemnización diferente.
Tu situación es que, tu puedes estar en uno u otro proceso, pero puedes perfectamente hacer tu vida habitual, es decir, si en agosto tenías previsto irte de vacaciones a donde sea con tu familia o con tu prima, lo puedes hacer sin ningún problema, eso si, deberás seguir siendo atentido por los médicos de igual manera que si estuvises en tu casa y seguir con su tratamiento, al fin y al cabo estás en proceso de recuperación, sean en agosto, estando de vacaciones o como sea seguirán siendo días no impeditivos.
Las secuelas, una vez terminado el proceso previsto por el médico en la recuperación, serán valoradas y por su grado indemnizadas, por tanto el hacer una buena recuperación hará que se aminoren al máximo las secuelas, pero estas te las valorarán de acuerdo a su grado.
En caso de disconformidad si que deberás de acudir a otro médico, pero solo en este caso, aunque suelen ser bastante ajustados y no suelen fallar.
Por último, te tienen que pagar todos los días, impeditivos, no impeditivos y hospitalarios, por supuesto también los gastos de médicos y farmacia y los puntos de secuela que te queden.
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Su respuesta ha sido rápida y clara como siempre. Lo único que no le había dicho es que, si me voy de vacaciones sin estar con el médico del seguro, yo no voy a seguir ningún tratamiento. Estoy sin ningún tipo de tratamiento, porque me van a hacer unas pruebas mañana y tengo que esperar al resultado para concertar una cita con el traumatólogo. Después, tendré otra con el médico del seguro para que decida si me van a pagar la rehabilitación del hombro o no. La consulta que puede coincidir con mis vacaciones es la de este último y no sé si va a permitirlo, ya que yo no me voy a recuperar de nada durante esos días, que entiendo que siguen siendo no impeditivos hasta el alta definitiva.
Tuve un problema para que me enviaran a un traumatólogo para valorar mi hombro después de la rehaibiltación de las cervicales y, con su inestimable ayuda, lo conseguí. Pero, debido a que el traumatólogo ha estado de vacaciones y que todavía no me han hecho la resonancia magnética, no se ha decidido nada; llevo todo el mes de julio sin ningún tratamiento y a la espera de los resultados. ¿También son días no impeditivos o me los van a discutir? El paciente no puede alterar el calendario de los médicos o del propio hospital en el que se hacen las pruebas.
En todo caso, la dilación es culpa de mi seguro, que me quería dar el alta sin remitirme a un traumatólogo que valorara mis dolencias no tratadas en rehabilitación. Lo que no sé es qué van a opinar los de la compañía contraria por tantos días sin tratamiento alguno.
Para que me valoren lo del hombro, ¿el traumatólogo tiene que decir explícitamente que es consecuencia dle accidente o, simplemente, constatar las dolencias? ¿Valdrá un certificado de mi médico de cabecera para que cuenten como secuelas los dolores de cabeza y mareos que padezco como consecuencia del accdiente?
Un cordial saludo
El no estar en tratamiento no es por su culpa, está claro que ha tenido que hacer muchas gestiones para que le atendiesen bien, y si no lo han hecho es porque no han sido diligentes. Por esto, lo que opine la aseguradora no es de preocuparle, ellos son los que deberían de actuar para que Ud. se ponga bien lo antes posible.
Respecto a irse de vacaciones, no debería tener ningún problema, Ud. puede tener familia y se debe amoldar a ella para disfrutar de su vida con toda naturalidad, sin alterar las costumbres. Yo intentaría retrasar o adelantar la visita que tiene para ese periodo de vacaciones, el médico no le va a poner objeciones porque es habitual en esta época del año.
Respecto a las lesiones, todos aquellos informes que apoyen su dolencia con la coincidencia del accidente son válidas y útiles para luego plantear cuantas acciones sean necesarias en caso de no hacerse cargo la aseguradora, por lo que a los médicos siempre deberá hacerles relacionar esas dolencias con el accidente y por supuesto Ud. deberá de ser tajante en apoyar esos informes hasta el final. El certificado final de secuelas, deberá de ser contrastado y decidido por el forense, su médico solo hace que procurar su pronta y mejor recuperación física.

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