¿Es legal lo que hace inbursa?

Les comento una reseña de mi caso y mi problema.
Mi esposa hace 10 años se le diagnostico un padecimiento renal esto es insuficiencia de los riñones, progresivamente se deterioro hasta requerir trasplante hace 1 año y medio. Tenia contratado seguro de gastos médicos mayores desde su infancia por ello la empresa Inbursa absorbió la mayor parte del gasto desde el 2003, fecha en que su póliza garantizaba 500 000 mil pesos, los cuales ya se agotaron a hoy, sin embargo su póliza ahora cubre 1,300 0000 mil pesos, pero la aseguradora nos menciona que ya no tiene recursos por esa enfermedad (que en realidad ya no tiene esa enfermedad sino su diagnostico ahora es trasplante renal) y ya no cubrirá los gastos de ella derivados. ¿Es esto lo legal? Si en aquella fecha efectivamente tenia una suma asegurada menor, ¿debe tomarse aquella o la actual para su enfermedad o derivadas? Les agradezco sus opiniones infinitamente. Dario Terrones

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Estos casos son muy comunes y si, es completamente legal, ¿puesto qué la empresa te dice muy claramente en sus conducciones generales que tienes para cada enfermedad un monto especifico que es t? (¿Suma asegurada) y tal cantidad se te puede acabar en un mes o en un a? O o varios pero una vez que se gasta ya no es reebolsable y aunque lo que requiere ahora es un trasplante (¿una cosa totalmente diferente) es a consecuencia del la misma enfermedad as? Que se toma en cuenta como derivada y no les cubrirá es por eso de la importancia de una s.a. mayor o sin limite, lee las conducciones generales ahí te darás cuenta de lo contratado y no es ningún inclumpliento de contrato ya que ahí especifica muy bien cuanto y como te cubre. Espero sea de utilidad mi consejo y que se mejore tu esposa cuidate ...
Entiendo. Mi duda es si la póliza ahora dice que cubre la enfermedad por 1,300 000 mil pesos y no 500 000 como hace 8 años, ¿entonces no es válido aplicar esa cifra y no la de hace tiempo cuando se deracaclaro la enfermedad? }
Gracias.
No importa lo que aumente tu póliza después, lo que vale es cuanta suma asegurada tengas al momento de tu enfermedad la s.a. nueva entra solo para enfermedades nvas lo que debes de entender es que la enfermedad de tu esposa es una consecuencia de la enfermedad pasada entonces se toman encuenta solamente la suma asegurada que tenia al momento en que apareció la enfermedad espero aber disipado tus dudas y por favor califica mi respuesta ya que si tengo varias preguntas abiertas no puedo seguir contestando dudas muchas gracias bye

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