En mi opinión, sí es legal, lo que ocurre es que no pueden demostrarlo y todos los efectos (pues si fuese al revés ocurriría lo mismo) es como si no la hubiesen remitido.
Es más... ¿pueden demostrar que la han remitido?
Resulta bastante absurdo que una aseguradora remita una carta ordinaria comunicando la baja al vencimiento, más cuando saben de sobra que puede no resultar suficiente.
El problema es que tienen la sartén por el mango (de momento).
Imagine que hubiese sido al revés... es decir, que la comunidad envía una carta ordinaria a la aseguradora comunicando la baja al vencimiento, y ahora imagine que la aseguradora dice no haberla recibido y les reclama a la comunidad el pago del siguiente recibo... ¿cree Ud. que la ley ampararía a la Aseguradora a la hora de reclamarles judicialmente el pago de recibo?... yo creo que sí.
Pues si es así, supongo será lo mismo al contrario.
Por tanto... yo valoraría la conveniencia de renovar esa ruina de seguro.
Si lo daños causados al vecino inferior no son muy elevados, sopesaría indemnizarlos entre todos los vecinos (como comunidad).
Si son muy elevados, entiendo sólo les queda poner el asunto en manos de un abogado (mercantil, preferiblemente) para requerir judicialmente a la Aseguradora la renovación del seguro.
Luego, de conseguirlo, la atención del siniestro frente al perjudicado será otra historia distinta.
Por eso digo que reclamar a la aseguradora la renovación puede ser más engorroso y/o costoso que indemnizar al perjudicado (dependiendo de los daños ocasionados y de la cantidad de comuneros a repartir).
Además, para curarse en salud (porque he visto de casi todo), consiga una copia de la carta que dicen haber remitido, no sea que luego (ya sería de risa) encima le reclamen el abono del recibo.
Y, si optan por indemnizar directamente al perjudicado, no pierdan un sólo día en mirar de conseguir un seguro razonable para su comunidad.
Pdta: Le recuerdo que quien tenga un seguro de hogar, posiblemente tenga cubierta la responsabilidad por su copropiedad, y ese se salvará de tener que desembolsar su parte frente al perjudicado.
De ahí que yo siempre recomiendo que la gente no se conforme con un seguro de comunidad, pues al no poder controlarla, nunca sabes si tu parte está bien cubierta, y para estar seguros, nada mejor que tener tu propio seguro de hogar (aunque pagando un sobre coste, claro) que además cubre otras muchas cosas que no suele cubrir el seguro de comunidad (daños privativos, por ejemplo)
Espero te sirva.
Suerte.
Cris.