Busco información sobre seguro impago alquleres

Soy propietario de un piso que quiero alquilar y estoy interesado en hacer un seguro de impagos de alquileres.
Me gustaría saber que debo pedir al inquilino pues yo pido un mes de fianza y la nómina pero me han dicho que se piden 2 o 3 ultimas nominas y la declaración de la renta del ultimo año o incluso de los anteriores.
El caso es que las personas que han visto el piso hasta ahora, casualmente ninguna tiene la declaración de la renta pues dicen que no están obligados a hacerla, lo cual me mosquea pero no se como averiguar si esto es verdad.
¿También tendría que pedirle un aval? De que tipo, ¿bancario? ¿De alguna persona que responda por si el no paga? ¿
Lo que no quiero es que me dejen de pagar, aunque se que eso no se puede evitar pues depende de la gente que lo alquile y en ese tema te la estas jugando pues no se sabe a priori por mucho que veas la buena pinta que tiene el que quiere alquilar.
¿Dónde me puedo informar para hacer un seguro de impago? ¿Qué empresas de seguros de alquiler dan el mejor servicio?
Posiblemente asl pedirle tantos papeles a mi futuro inquilino, alguno de ellos no quiera dármelos. ¿Los paso por alto?
¿Qué compañías lo hacen más económico y con garantías de poder cobrar si el inquilino no paga?
Por cierto, ¿el inquilino tiene que saber que hago un seguro de impagos? ¿Se necesita su consentimiento para hacerlo?
Se que son muchas preguntas las que hago pero es que no quiero meter la pata otra vez pues ya he tenido problemas con los inquilinos anteriores y espero que ahora no me vuelva a pasar.
Muchas gracias a quien me pueda informar de todo esto
un saludo.

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Suelen pedir:
Copias de las 2 últimas nóminas y del contrato de trabajo, el cual ha de tener mínimo 1 año de antigüedad o bien ser indefinido (no importando en ese caso que la antigüedad del contrato sea inferior a 1 año). En el caso de que el inquilino no cumpla los requisitos se le pedirá Avalista solidario que sí los reúna.
Respecto a si es necesario el consentimiento del inquilino, la respuesta es no, lo puede realizar el arrendador de forma unilateral. Sin embargo, hablo de mi caso, yo siempre lo he comentado antes de firmar porque es un elemento disuasorio para aquél que esté considerando actuar de mala fe, mientras que al que tenga pensamiento de cumplir el contrato no le debería de importar.
Estos requisitos varían si el arrendatario es autónomo. Lo mejor es consultarlo directamente con la compañía (ARAG, DAS, MAPFRE, etc.). Visita sus webs.

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