Entiendo que en síntesis plantea Ud. dos cuestiones distintas.
Primera cuestión
La Aseguradora de Ud. ha actuado correctamente (de momento) puesto que ha peritado bajo la garantía de todo riesgo con franquicia dado que la reclamación al causante aún no es conforme.
Hasta ahora nadie duda que sea Ud. el perjudicado, pero la reclamación a la Aseguradora del causante lleva sus trámites con los correspondientes retrasos que no siempre son atribuibles a su propia aseguradora (sino a la aseguradora del contrario, o al propio contrario causante. Imagine por ejemplo que el contrario causante no ha comunicado el siniestro a su aseguradora... ¿quién tiene la culpa del retraso?).
Recapitlulando:
Ud. (y/o su aseguradora) tenía/en TRES opciones:
1ª- Hacer lo que se ha hecho (es decir, peritar por todo riesgo con franquicia, y esperar la conformidad de la reclamación por convenios, de manera que cuando se produzca la conformidad, entonces le reembolsarán la franquicia deducida (y si no se produce la conformidad, pues nada... a juicio.).
2ª- Haber peritado SIN compromiso a la espera de conformidad de la reclamación por convenios (sin iniciar la reparación), de manera que cuando se hubiese producido la conformidad, entonces reparar el 100% a cargo de la Aseguradora de Ud. ( a través de dichos convenios).
3ª-Haber esperado Ud. la conformidad de la compañía contraria, y cuando se hubiese producido, haber peritado y reparado el 100% a cargo de su Aseguradora.
Piense que sólo dispone de dos garantías de aplicación: La de -todo riesgo con franquicia-, y la de -reclamación-
La de todo riesgo con franquicia ya sabemos como funciona (es decir, le indemnizan los daños menos la franquicia).
Pero al parecer Ud. desconoce como funciona la garantía de reclamación.
Por la garantía de reclamación, su aseguradora reclama al contrario causante. Inicialmente reclaman por convenios o convencionalmente (es decir, amistosamente); y si dicha reclamación no surte efecto, entonces su aseguradora deberá determinar la viabilidad de una reclamación judicial.
Dentro de la reclamación amistosa a través de los Convenios (que es la reclamación que ahora mismo se debe llevar acabo) establece que su aseguradora inicia una reclamación telemática por el sistema CICOS (ahora no entraremos en detalles), y la aseguradora contraria dispone de unos plazos para contestar, etc.; además de aceptar o rehusar, etc.
Hasta que la compañía contraria no acepta la reclamación, su aseguradora (la de Ud.) no asumirá (porque no le corresponde) el coste de la reparación de su vehículo, y sólo lo asumirá cuando la compañía contraria acepte la reclamación a través de dichos convenios.
Todo esto resulta difícil (y casi inútil) explicarlo por escrito, porque tendríamos que entrar en muchos detalles que para el caso no son necesarios.
Lo que sí tiene que entender es que su aseguradora ha iniciado una reclamación "amistosa" contra la compañía contraria, y hasta que dicha aseguradora contraria no reconozca su responsabilidad, lo único que podía hacer su compañía (la de Ud.) es, o bien peritar sin compromiso (hasta obtener la conformidad), o bien peritar a través de la garantía de todo riesgo con franquicia (y esperar la conformidad para reembolsarle la franquicia), y eso es lo que ha hecho.
En este caso, sólo le queda a Ud. tener paciencia y esperar (y confiar) que la reclamación se resuelva en el menor tiempo posible. A veces son tres días, a veces tres semanas, y a veces tres meses.
Segunda cuestión:
Creo que se equivoca cuando piensa que una aseguradora le tiene que hacer todo el trabajo.
Un seguro es un contrato, y en él dice lo que cubre y lo que no cubre, sus derechos y sus obligaciones.
¿Acaso no es Ud. quien tiene que llamar al médico cuando se pone enfermo?
¿Va Ud. al medico especialista, o va el medico especialista a su casa?
¿Va Ud. a la farmacia cuando le recetan medicinas, o va el farmacéutico a su casa?
Perdone, pero un seguro no es un mayordomo, sino un contrato.
No se ofenda, pero está claro que desconoce Ud. en qué consiste un contrato de seguro y sus respectivas garantías.
Ahora puede sentirse ofendido y puntuar a la baja (estoy acostumbrado, y eso que sólo llevo dos días), pero creame si le digo que me sorprende su planteamiento (por estar tamn bien hecho) respecto de su opinión (por sus erróneos prejuicios), y con todo ello le aseguro que no soy yo precisamente alguien que se dedica a ayudar o defender a la Aseguradoras, sino a los Asegurados, pero siempre y ante todo con objetividad, porque lo contrario no sería ayudar (sino dar la razón sin tenerla), y eso, no sólo iría en contra de mis principios, sino que para ello -preferiría perder el tiempo por otros lares-.
En definitiva... lo siento señor, pero no puedo compartir su opinión.
Atentos saludos.