Comisiones recibo devuelto

Hace ya unos meses fui al banco a dar de baja un recibo de por empresa, pues me había dado de baja y me seguían pasando el recibo. Con la empresa por tenía contratado otros seguros y el banco me devolvía todos los de esta empresa. Al final fui a hablar con el banco para que no devolviera ninguno y resulta que el director del banco que fue el que me atendió se equivocó (según él un error informático) y devolvió todo lo que tenía domiciliado comedor del colegio del niño, seguros... Bueno todo y por la devolución de 2 de los recibos me han cobrado comisiones, en total unos 50 euros. Llevamos meses reclamándolo pero nada, no nos dicen nada. ¿Qué debería de hacer?
Otra cosa, la hipoteca que tengo con el banco es de 0.5 + euribor con un suelo de 3%. La revisión es baja pues tengo que contratar algunos productos de ellos y sino puede llegar a subir hasta el 1.5 . Mi pregunta puedo prescindir de los productos contratados sin que me suba la hipoteca. Ejemplo nos acaban de revisar la hipoteca a 1 año, y nos ha quedado al 3% (suelo), si los intereses están a 1.4, aunque no cumpliéramos las condiciones y nos subieran el 1.5 la revisión + euribor, no llegarían al 3% que estamos pagando. ¿Esto se puede hacer o no?
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En mi caja, por ejemplo, ponemos orden de devolución de los recibos según el ordenante, por lo tanto puede darse el caso de que se devuelvan todos los recibos de la empresa que dijiste que se desdomiciliara, indiferentemente el concepto de cada uno.
Si los 50 euros que te cobraron, son de los recibos que el director erróneamente te devolvió en tu visita, debe devolvértelos, sino reclamación escrita.
Sobre el tema de la hipoteca, no es obligatorio hacer los productos que te piden para bonificar el tema de la revisión del interés, eso sí, te aplicarán el diferencial máximo según el contrato (las bonificaciones suelen ser un anexo privado entre la entidad y tú).
El único que te exigirán es que mantengas el seguro de hogar, ya que la ley exige tener un seguro de incendio, pero no exige que sea con el mismo banco donde tienes la hipoteca. Por lo tanto puedes contratarlo en otra entidad, siempre que este seguro tenga como clausula beneficiaria la entidad que te ha concedido el préstamo y además que este asegurada en CONTINENTE por el mínimo que marco el tasador en su día según valor asegurado. (No de mercado)

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