Suelo más diferencial

Tengo una consultilla a ver si me podéis ayudar.
Tengo una hipoteca firmada con un suelo del 3% cito textualmente por escritura:
"limite a la variación del tipo de interés aplicable.- Se acuerda y pacta expresamente por ambas partes, que el tipo de interés nominal anual aplicable en este contrato será del tres por ciento."
Tengo un diferencial del 1'250, cito textualmente por escritura:
"Variación del tipo de interés inicial.- ... La adición, en todo caso, de un margen de 1'250 puntos porcentuales al "tipo de interés de referencia".
Tengo revisión anual todos los noviembres.
Desde noviembre de 2009 hasta la fecha el banco me está cobrando un 4'50% de interés, ¿es lo correcto?
Según entiendo me están cobrando el suelo 3% más el diferencial 1'250 aunque realmente eso saldría a un 4'25%.
Pero no entiendo dos cosas:
Si pone "que el tipo de interés nominal anual aplicable en este contrato será del tres por ciento." y en ningún momento pone que a ello se le suma el diferencial ¿por qué lo hacen?
Y la segunda es si pone "la adición, en todo caso, de un margen de 1'250 puntos porcentuales al "tipo de interés de referencia", entiendo que el tipo de interés de referencia es el actual Euribor, que supongamos que estuviera a un 1% + 1'250 sería un 2.25, con lo cual y al tener el suelo tendría que pagar solamente el 3% y no volver añadir el diferencial ¿no?

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Sobre lo que estás comentando te voy a responder lo siguiente:
Imaginemos que este mes te hacen la revisión del euribor, que actualmente está a 1,70%,
como no supera a tu clausula suelo que es un 3%, en este caso siempre pagarás el 3% (el mínimo que tienes fijado), una vez que te hagan la revisión y el euribor sea superior a tu suelo, entonces pagaras el euribor que esté.
En las hipotecas se paga el euribor + Diferencial
El diferencial es lo que te fija la entidad donde te concedieron la hipoteca, cada entidad bancaria tienen un diferencial diferente, algunas veces por tener domiciliaciones de recibos, seguros y tarjetas en la propia entidad te suelen hacer una bonificación de ese diferencial.
Por ej. yo tengo una hipoteca contratada con BBVA. Y tengo el 3% (suelo) + 1% diferencial,
al tener un seguro de hogar y de vida + tarjetas en contratado en el mismo banco me han bonificado un 0,25%, por lo que en realidad estoy con el 3% + 0,75% Diferencial= 3,75% en total.
Con la entidad puedes mirar si te pueden hacer alguna bonificación en el diferencial que tienes añadido.
GRACIAS, eso lo tengo claro, pero mi pregunta era si al suelo habría que añadirle el diferencial, como te he comentado en la escritura pone que el diferencial será añadido al al "tipo de interés de referencia" pero no pone nada que se le tenga que añadir al suelo ya que en el apartado del suelo pone "el tipo de interés nominal anual aplicable en este contrato será del tres por ciento".
Podrías confirmarme que en el suelo NO deben de cobrar el diferencial pero SI que se cobra cuando revisan el euribor. Gracias
En la clausula del suelo no entra el diferencial, es independiente, por que el suelo es como si tuvieras el euribor al 3%, por lo que a parte hay que añadirle el diferencial. 3% + El que tengas concertado con la entidad en este caso el diferencial.
Te comunico que en el suelo SI que se te cobra el diferencial.
Vuelve a leerte la escritura y si sigues con la duda, acude a la entidad y le comentas el caso, ellos te explicaran como lo tienes.
Tipo de interés anual es el T.I.N el coste del producto (Euribor o el suelo). Pero tienes que mirar el T.A.E qués es costo total anual que se te carga en la hipoteca( euribor/suelo + dif).

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