Embargo Seguridad Social

Mi novia tiene una deuda con la Seguridad Social de aproximadamente 10000euros. Cuando ha estado trabajando le han embargado una parte de la nomina. Ahora está en el paro cobrando 7oo y nos ha llegado una carta del banco en el que se procede al embargo de nuestra cuenta conjunta por 6.000, en la cuenta solo hay 3000. El banco ha retenido 1000y dice que si transurrido un plazo de 10 días sin haber recibido orden del organismo anulando el embargo procederán a traspasar los fondos retenidos a la cuenta de la Seguridad Social. La cuenta está a nombre de los dos con lo cual parte del dinero embargado me lo están quitando a mi. ¿Entiendo qué no quitan todo el dinero porque la cuenta es de los dos. Qué debo hacer? ¿Sacar todo el dinero excepto el retenido y guardarlo debajo de la baldosa? ¿Si ella vuelve a trabajar le quitaran dinero de la nomina y después de la cuenta?

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Si la cuenta tiene dos titulares y uno de ello es su novia. La entidad bancaria podrá embargar hasta el 50% y eso es inapelable.
Yo que usted abriría una cuenta en la que usted sea único titular y poner a su novia de autorizada y domiciliar allí el pago del Inem o sus futuras nominas.
Una cuenta donde se este de autorizado es inembargable por las deudas adquiridas de este.
Esta es la única solución pues el que usted guarde el dinero debajo de la baldosa, no evitara el ingreso del Inem o nominas domiciliadas en cuenta.

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