Embargo de pensión por discapacidad

Tengo embargado el saldo de las cuentas bancarias debido a deudas contraídas por mi ex-marido. Le avalé cuando estábamos casados y ahora me reclaman a mí porque él es insolvente.
  La cuestión es que mi hija recibe una pensión de la Seguridad Social por discapacidad (¿500? Cada 6 meses). Ella es menor y, por tanto, yo soy la titular de esa pensión. Sé que esas pensiones son inembargables, pero las pagan mediante transferencia bancaria. Hace pocos meses abrí una cuenta con mi hija como titular y yo de autorizada, ahí recibo mi nómina y según me dijeron en el banco esa cuenta no la pueden embargar porque no soy titular. He intentado que paguen la pensión en esa cuenta, pero me dicen que no puede ser, que tengo que ser titular de la cuenta para que me hagan la transferencia.
Mi pregunta es:una vez que entra esa pensión en mi cuenta ¿se puede embargar ese saldo o sigue siendo inembargable por ser una pensión de mi hija?
Y otra pregunta: ¿Hay otra forma de pagar esas pensiones que no sea con transferencia?

2 Respuestas

Respuesta
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Esa pensión de su hija es inembargable, en caso de que llegaran a embargarla por depositarla en esa cuenta deberás presentar un escrito al juzgado solicitando la nulidad de ese embargo y que se devuelva la cantidad
Al tratarse de una pensión de la administración no hay otra forma de pago que la transferencia bancaria
Ante todo, muchas gracias por atenderme. Ahora me estoy planteando hacer otra cosa.En la notificación del juzgado donde me embargan las cuentas, hace referencia a las cuentas que tengo en tres bancos. ¿Puedo abrirme una cuenta en otro banco distinto a esos o también me embargarán con el tiempo?.
  También tengo pendiente hacer la declaración de la renta que me sale a devolver y aprovecharía esa cuenta para que me lo abonaran.
El abrir otra cuenta no evitaría la posibilidad de que se embargue pues pueden pedir nuevas diligencias de investigación
Respuesta

Cuando el juzgado localice que tiene nomina si es superior al smi le embargaran la nomina antes que la cobre, pues le dirá a la empresa donde usted trabaja que le retenga la cantidad que resulte de embargar y lo deposite en una cuenta del juzgado...

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