Cuenta vivienda

Hola.
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo una cuenta vivienda desde diciembre del 2006 y que finaliza en diciembre del 2010. Desgrave en las declaraciones de la renta del 2006,2007,2008,2009, en total ya cuatro.
Puedo aportar este año, antes de diciembre, ¿para así desgravar en la declaración del 2010?
Gracias.

2 respuestas

Respuesta
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Máximo 4 años te puedes desgravar, el cambio de la normativa permite que tengas 4 años más para comprarte tu vivienda habitual, al haber vencido en 2009 la cuenta vivienda y dada la situación del mercado de viviendas. Puedes tenerla vigente la cuenta pero sin más desgravaciones, e incluso puedes aportar dinero a modo de ahorro, pero el máximo de años de desgravación ya los has cumplido.
Saludosl
Respuesta
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La principal ventaja que ofrece esta cuenta es que además de proporcionar una rentabilidad a su titular y tener total disponibilidad del capital invertido, le otorga la ventaja fiscal de desgravarse en su declaración de la renta por las cantidades aportadas anualmente a dicha cuenta, aunque es necesario cumplir una serie de requisitos:
- Desde el momento de su apertura hasta la compra de la vivienda no pueden transcurrir más de cuatro años.
- Las cantidades aportadas a la cuenta han de destinarse exclusivamente a la compra o rehabilitación de la vivienda habitual.
En caso de no cumplirse alguno de estos requisitos, se perderán todas las ventajas fiscales que consisten en una deducción de la cuota del IRPF del 15% de las cantidades aportadas durante el año para la adquisición de la vivienda, estableciéndose el límite de la base de deducción en 9.015,18 euros anuales. El importe máximo que se puede deducir es de 1.352,28 euros/año.
Por tanto no podrá desgravarse en este periodo impositivo del 2010, solo en caso de que usted tuviera su vivienda en el País Vasco o Navarra. Allí la desgravación fiscal se amplia hasta los 6 años

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