Reclamación de una deuda de tarjeta impagada

Hoy me han llamado por teléfono del servicio jurídico de NOVACAIXAGALICIA, reclamándome 1000€ del pago de una tarjeta de crédito de CAIXA GALICIA de 1992. En estos 10 años no he cambiado de domicilio, ni me han reclamado nada. ¿Es legal? ¿No prescribe la deuda? La cuenta la cancelé, en esa fecha ni lo recuerdo, ¿el importe de la tarjeta era de 100.000 pts. No tengo propiedades pero si que tengo trabajo pueden hacerme algo?

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El plazo es aplicable a las tarjetas de crédito, sometidas al plazo general de 15 años, a pesar que muchas personas piensan que la prescripción se produce a
los cinco años. La razón es que en el contrato de una tarjeta, el emisor
se obliga a unas prestaciones, a cambio del pago de una cuota anual, y a
abonar las cantidades dispuestas en la forma convenida. El banco tiene
la obligación de hacer frente a las facturaciones que se presenten.
Entre el banco y el titular de la tarjeta se establece un contrato de apertura de crédito de naturaleza personal, sometido al plazo general de 15 años. Por ello, la entidad dispone de ese periodo para reclamar al titular de la tarjeta tanto las cuotas impagadas como los intereses de
demora.

pero la cuenta está cancelada, no deberían haber notificado algo? Ahora como van a proceder??

Aunque la cuenta esté cancelada sino te cancelan también la tarjeta ahí puede haber cargos solo por tener la tarjeta aunque no hagas pagos, la deuda no prescribe en 15 años y si te dan cualquier aviso el tiempo puede regenerarse.

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