Me urge saber en que consiste un contrato mercantil. Ayer acepte trabajar vendiendo seguros en NORTEHISPANA. También quisiera saber si me pasa algo si no me hago autónoma. Y si puedo dejar el trabajo en cualquier momento como me dijeron. Gracias de antemano. Me urge respuesta.
Te explico a continuación: Las características que definen al contrato de trabajo son las siguientes: Es un contrato por el cual una persona física llamada trabajador se compromete a prestar voluntariamente unos servicios retribuidos, por cuenta ajena y bajo la dirección u organización de otra persona física o jurídica denominada empresario. El contrato que la compañía (en este caso de seguros) contratante denomina "mercantil" es un contrato de arrendamiento de servicios, o menos probablemente, puede que se refieran a un arrendamiento de obra. El arrendamiento de servicios es un contrato por el cual una persona física o jurídica se compromete a prestar unos servicios por un precio cierto. La diferencia esencial entre un contrato de trabajo y un arrendamiento de servicios, es que en el primero el trabajo se presta por cuenta ajena, y en el segundo es por cuenta propia; en lenguaje coloquial podríamos decir que en el arrendamiento de servicios el trabajador es empresario de sí mismo. Consecuencias practicas Las consecuencias prácticas de esta diferencia son las siguientes: Tienes obligación de darte de alta como trabajador autónomo. No tienes derecho a paro en caso de extinción del contrato, y la compañía no está obligada a cotizar a la Seguridad Social a consecuencia de esta prestación de servicios. Tienes obligación de facturar el I.V.A. a la compañía, al tipo legal. La Compañía tiene obligación de practicarte la oportuna retención a cuenta de tu declaración del I.R.P.F. El contrato de trabajo está sometido al derecho laboral, (Estatuto de los Trabajadores, Convenios Colectivos, etc.) y el conocimiento del mismo está atribuido a los Juzgados de lo Social, mientras que el arrendamiento de servicios se rige por el Código Civil y su interpretación corresponde a los Juzgados de 1ª Instancia. En cuanto a sí es un contrato legal o si vulnera tus derechos, la respuesta es que es un contrato perfectamente legal, simplemente que con el mismo pierdes tu condición de trabajador y las ventajas que eso te reportaba; y, por otra parte, ganas la condición de trabajador autónomo, con lo que adquieres otro tipo de ventajas (mayor libertad de horarios, posibilidad de trabajar para varias empresas a la vez, independencia de jefes o superiores, etc.). En relación con las obligaciones que esto te implica, has de tener claro que por este contrato te obligas a prestar unos servicios a cambio de un precio cierto, en la forma y condiciones que pactes con la Compañía. Por supuesto que puedes dejarlo en cualquier momento, solo tienes que dejar de trabajar y causar baja como trabajador autónomo. Si no te haces autónomas estarás realizando una actividad alegal, que no ilegal, estarás ganando dinero negro y no cotizaras a la seguridad social, si no te pillan no pasa nada, pero si lo hacen te caerán fuertes sanciones, por parte de Hacienda y de la Seguridad Social.
Hola buenas tardes, este mensaje es para el experto juanchacon. Juan darte las gracias por tu respuesta.Me has hecho disipar todas mis dudas y ya tengo la decisión tomada de que renunciare al trabajo de vender seguros por muchos motivos.Mil gracias por tu respuesta que me ha ayudado bastante, un saludo. Conchi.
- Anónimoahora mismo
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