Plaza de residencia publica y herencia
Tengo una tía en una residencia privada que tiene concierto con la comunidad de Madrid, a través de la cual se le concedió plaza de asistidos Financiación Total, ella paga sobre un 80% de su pensión. Resulta que un primo mio y sobrino de ella falleció hace dos años y ella junto a otra hermana son los parientes más cercanos y por tanto los herederos, como no se había movido nada respecto a la herencia hacienda les ha reclamado para que si aceptan la herencia paguen el correspondiente impuesto de sucesiones, se han aceptado las actas que presenta hacienda por el impuesto de sucesiones, los intereses de demora y la sanción. Ahora tenemos que solicitar ante el juzgado que sean declaradas herederas osea hacer Declaración Judicial de Herederos, ¿este tema lo va a llevar un abogado al ser superior la herencia a 2400?, y resulta que comentándole yo al abogado que mi tía estaba en una reisdencia publica me dijo que tendríamos que tener en cuenta que al estar en residencia financiada en buena parte por la comunidad de madrid en caso de que mi tía y quedara patrimonio a su fallecimiento ellos podrían reclamar por la cantidad que hayan financiado, ¿es decir como ella lleva 60 meses en la residencia si la Comunidad esta aportando para su atención en la resiedencia 600? ¿Mensuales reclamaría hasta 36000?.
¿Es esto así? ¿En tanto viva mi tía tiene alguna limitación para hacer uso de su patrimonio o puede disponer libremente de el gastandoselo o haciendo donaciones a familiares oa quien le parezca?
¿Es esto así? ¿En tanto viva mi tía tiene alguna limitación para hacer uso de su patrimonio o puede disponer libremente de el gastandoselo o haciendo donaciones a familiares oa quien le parezca?
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