Separación de bienes

Buenas tardes!
A continuación le describo mi duda, haber si me puede ayudar.
Este mes me dan un piso de protección oficical, entonces yo tengo pareja, no estoy casada ni nada, pero el piso lo solicite cuando aun estaba sola. Entonces mi pregunta es que si ahora el se empadrona en el piso y abrimos una cartilla de ahorros entre los dos, y todos los gastos los pagamos a medias, si algún día nos enfadamos...
¿Qué le tengo que dar yo a él?
¿Todo lo que haya puesto en el piso? ¿O la mitad de lo que el haya puesto? ¿Nada?
También había pensado en hacer un papel ante notario donde ponga que el rechaza el piso y que yo le doy la mitad de lo que el haya puesto de préstamo hipotecario.
Siento molestar antes de que pase, pero es que quiero evitar problemas antes de meterme en el fregao.
Espero que me puedas atender en cuanto antes. Muchas gracias

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Efectivamente la solución que Vd. plantea es la mejor, otorgar ante Notario un documento en el que se aclare que para el caso de una hipotética ruptura su pareja NO reclamará ninguna cantidad. Tenga en cuenta que si vivieran en un piso de alquiler, él pagaría el 50% de la renta. También en este caso puede renunciar el día de mañana a reclamar cantidad alguna teniendo en cuenta que los pagos efectuados en pago de hipoteca puedan ser tomados como una especie de pago de alquiler. En cualquier caso, tanto el pago como no pago nunca van a originar una traslación en la propiedad del inmueble, sino tan sólo una reclamación por aquellas cantidades aportadas.
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